VEGUETA, Número 4, 1999 (177-186) 177
La última etapa en el
resta blecimiento
de la Universidad de
San Fernando
*Depnvtnmento de Historia de la Edircacicín
UNED. Madrid.
INTRODUCCI~N
En trabajos anteriores hemos estudiado
diversos períodos históricos de la denominada
tradicionalmente Universidad de Canarias,
con sede en la ciudad de La Laguna'.
En esta ocasión nos ocuparemos de
una de las fases de su historia menos conocida,
que se extiende desde el momento
en que el claustro del Instituto de Canarias
solicita al rey, en 1906, el restablecimiento
de la suprimida Universidad de San Fernando,
hasta que, finalmente, en 1927, se
concede a las islas el 121 Distrito universitario
y los centros insulares dejan de depender,
como hasta entonces, de la Universidad
de Sevilla2.
La creación de una Sección universitaria
en La Laguna significó el primer paso
hacia la restauración de la suprimida Universidad
de San Fernando y fue el objetivo
perseguido por los políticos e intelectuales
canariosg. Pero no fue tarea fácil conseo,..:,"
I, "'" ,.,yv'y"' 1, ,,l:c:,, -:,:,e,+:,l ,.:, 'U y""""" "U"'"'"""' "'o"'"
siendo la de no crear nuevos centros universitarios.
A lo largo de este trabajo expondremos
los hitos legislativos básicos
que fueron construyendo lentamente, y en
medio de enormes dificultades, la estruc-
Lui-a uiiiversilaria, a partir del decisivo impulso
del promotor de la Sección, Adolfo
Cabrera Pinto4, director del Instituto de Canarids.
LA CREACI ~ND E LA SECCIÓN
UNIVERSITARIA DE LA LAGUNA
Canarias nunca se había resignado con
la supresión de su Universidad de San Fernando5.
Fueron muchos los intentos infructuosos
por distintas vías para restaurarla;
finalmente, se presentó una oportunidad
especial: el viaje de Alfonso XIII a Canarias.
El entonces director del Instituto de
Canarias, Adolfo Cabrera Pinto, aprovechó
la ocasión para plantear la situación ante la
comitiva real y consiguió que el conde de
Romanones le contestara, de forma un tanto
ambigua, en nombre del monarca; refiriéndose
al viaje que se estaba realizando,
afirmó que: «... había de dejar huella profunda
de su paso en todos los órdenes de
la enseñanza».
Sin embargo, en el posterior proyecto
de reorganización administrativa de Canarias
no se incluía la Universidad de La Laguna,
a pesar del informe favorable del rector
de la Universidad de Sevilla. Para que
luego se incorporara definitivamente en la
Ley de Reformas Administrativas de Canarias
de 11 de julio 1912, fue necesario
emprender una ofensiva ante el Ministerio;
es de destacar la aparición de la noticia en
lar páginas d.^ 1~1.nd iario madrileñnb
Finalmente, el Ministerio de Instrucción
Pública y Bellas Artes fue autorizado
por la citada Lcy yara fundar cn La Laguna
centros docentes en relación con las
necesidades del Ar~hipiélago))E~n. 1913,
un real decreto ordenaba que a partir del
curso 1913/14 quedasen instaladas en La
Laguna «las enseñanzas universitarias correspondientes
al primer curso de la Facultad
de Filosofía y Letras y preparatorio
de la de Derecho,). La sede de la Sección
Universitaria creada iba a ser cl Instituto
General y Técnico con quien compartiría
dirección, profesores y servicios administrativo~~.
El ministro Ruiz Jiménez daba un paso
importante en los meses siguientes al reconocer
que, cuando los presupuestos generales
del Estado lo permitieran, se completarían
los estudios de la Licenciatura en
Derecho y la Sección Universitaria se reorganizaría
con el nombre de Universidad de
C.., lz ,., A-9
ClUll I C I I I U I L U U .
Una vez establecidas las enseñan~as
universitarias de nuevo, se planteó la necesidad
de encontrar a los profesores más
idóneos para impartir las diversas disciplinas.
Como estaba previsto se hiciera en una
primera fase, fueron los catedráticos del
Instituto los que se encargaron de impartir
las diversas asignaturas. Así, en agosto de
1913 se decidió que fueran los profesores
Adolfo Cabrera Pinto, Antonio Zerolo y
1.a iíltimn etapa e n e! r e s t~h! e c5p. i endf~o !a Unioprcid~dd e sr.F ernan& 173
Herrera y Antonio Álvarez de Linera y
Grundlo los responsables dc tal cometido.
En octubre del mismo año, teniendo en
cuenta que la dotación de personal docente
era escasa, adaptada sólo al curso preparatorio
de Derecho y Filosofía y Letras,
y que muchos alumnos canarios tenían que
seguir saliendo a estudiar a otros centros
peninsulares, varios doctores y licenciados
en derecho se ofrecieron a desempeñar con
carácter gratuito todas las cátedras de la facultad
de Derecho.
Dada la importancia de tal gesto, a continuación
hacemos constar los nombres de
los firmantes del escrito dirigido al Ministerio:
Blas Cabrera y Tophan, Alonso Pérez
Díaz, Guillermo Cabrera y Felipe y José
Rodríguez Febles, que eran doctores en Derecho;
Juan de Ascanio y Nieves y Manuel
de Ossuna y Wan-den-Heede, licenciados
en Derecho y ex-profesores de la Escuela
de Derecho de La Laguna, y Mario Arozena
y Arozena, licenciado en Derecho, profesor
mercantil y catedrático de Derecho
mercantil internacional de la Escuela Superior
de Comercio de Santa Cruz de Tenerife".
Pero todas las gestiones quc se realizaron
para quc se completaran los estudios
fueron en vano; parecía claro que la admir,
is:raciSn iiiinis;erial a\*ii-,i&, e[ pi.imer
curso de Derecho en La Laguna. En el
fondo del problema subsistía la decisión
del gobierno de no abrir nuevas universidades.
En este sentido resulta muy aleccionadora
la sesión parlamentaria de 17 de diciembre
de i 9 i P , que comentamos a continuación.
Cuando el periodista Manuel Delgado
Barreto, entonces diputado a Cortes, empieza
su intervención en el Parlamento defendiendo
la necesidad de una Sección
Universitaria de Canarias a instalar en La
Laguna, le albergaba una gran preocupación:
(Confieso que siempre que me levanto a
hablar de cosas relativas a Canarias lo
hago con un poco de temor, porque, desgraciadamente,
se ha producido en la
Cámara un estado de opinidn en todo lo
que afecta a las cuestiones de mi país,
que me causa verdadera tristeza al ver
que, cuestiones de tanta importancia como
las que se relacionan con el régimen
de aquel Archipiélago, han tomado ya
un cierto carácter en el Parlamento, y no
digo que sin justicia, porque las reiteradas
intcrvenciones de la representación
isleña, trayendo aquí nuestros pleitos
menudos, han creado este estado de cosas,
que produce, digo, esa situación de
espíritu en la Cámara, de efecto verdader~
rneiite! nineiitñb:en".
Barreto llama la atención a los diputados
presentes sobre las peculiaridades de
Canarias y sugiere que hay que cuidar las
aspiraciones isleñas para evitar cualquier
interés extranjero por las Islas: «Porque, al
fin y al cabo, señores diputados, en aquella
parte de España es donde se fijan con
mayor atenribn y cin más percistenciz !as
miradas de Europa y América por su situación
especial~l~.
La intervención del diputado canario,
defendiendo su voto particular, estuvo centrado
en conseguir aumentar el presupuesto
previsto para que se pudieran abrir las
enseñanzas correspondientes al resto de los
cursos de la Facultad de Derecho, y opo-
~iiéncioseír ontaimente a ia creación de delegaciones
regias de enseñanza; su opinión
al respecto era:
«Que no sirven para nada, ahora mucho
menos, porque van a ser dos Delegaciones
regias de Enseñanza y eso va a traer ..-- ---l..l- .: *- --- -
uiia y c i ~ u i v n c i ~ iciiii ullilr eii iudu el Archipiélago,
porque van a ser dos iiistrumentos
políticos para manejar a los Maestros,
para que la política intervenga en
todos los Centros Docentes de Canarias
»I5.
La respuesta que da Silvela Loring, subsecretario
de Instrucción Pública, a la intervención
de Delgado Barreto, deja al descubierto
el pensamiento de los responsables
del Ministerio. Después dc recordarle
que el decreto de 11 de abril de 1913 sólo
180 Ole,yario Nexríii Fajardo
preveía las enseñanzas correspondientes al
curso preparatorio de la Facultad de Derecho
y al primer curso de la Facultad de Filosofía
y Letras, afirmaba:
«Como opinión particular mía he de decir,
sin embargo, a S.S. que no soy partidario
del aumento de Universidades en
España, porque estimo que hay actualmente
más centros universitarinq, de los
que conviene, y quizás me permitiría
añadir que conviene aún menos el establecimiento
de esa enseñanza en las Islas
Canarias, porque las Universidades
de la Península sirven para mantener y
estrechar aún más, si cabe, los lazos de
unión y fraternidad entre los habitantes
de aquellas Islas y los penin~ulares))'~.
Ante tamaña afirmación, no es de extrañar
que el diputado canario le interrumpiera
para afirmar:
'<Si no f ~ ~ eSs eS quien dijera eso, lo estimaría
como una ofensa para Canarias.
Ese es un argumento que se está esgrimiendo
aquí desde hace mucho tiempo,
y es una tristeza que se digan tales cosas
del país canario, que no necesita relacionarse
con la Península por medio de la
Universidad ni de ningún otro organismo
para sentir muy vivo el amor a la Patria
»".
Silvela vuelve a insistir en sus paternalistas
ideas y Barreto le tendría que recordar
en la réplica:
<<El argumento que parece capital, expuesto
por el Sr. Silvela, para no acceder
a la creación, o por lo menos para poner
reparos al restablecimiento de la Universidad
de San Fernando, en la ciudad de
La Laguna, es el de que los lazos universitarios
pueden establecer reiaciones
de afecto entre los jóvenes que vienen de
aquellas islas a estudiar en las Universidades
de la Península. Como sun tan pvcos,
Sr. Silvela, los que pueden venir no
está con-ipensado con csc beneficio el
enorme perjuicio que representa el que
miles y miles de infelices muchachos de
clarísimo talento, dc condiciones extraordinarias.
que. teniendo medios de estudios,
de adquirir una enseñanza superior,
podrían dar a aquel país días de
gloria, no puedan venir a seguir carreras
universitarias, ni siquiera para ponerse
en condiciones de optar a los destinos
públicos por no poseer título universitario.
Si en alguna parte está justificada la
creación de una Universidad es precisamente
en las islas Canarias)>'8.
A pesar de las promesas de extender los
estudios univcrcitarios en Canarias, sólo
después de tres años del primer decreto, en
febrero de 1916, se amplió las enseñanzas
de la Sección Universitaria con los dos primeros
años de la Facultad de Derecho. Ante
la insistencia en continuar la ampliación,
ei ivíinisterio optó por permitir id de ius
cursos preparatorios para el ingreso en las
Facultades de Farmacia y Medicina, de cuyas
asignaturas se encargarían también los
profesores del Instituto de la rama de cienciasI9.
Tal ampliación n o s e realizó en última
instancia al no cumplir el Cabildo con la
oferta económica que había hecho, así que
en 1917 volvió el director del Instituto a pedirla20;
finalmente fue concedida en octubre
de 1919 para las materias que componían
el tercer aiio de la Facultad de Derecho. La
carrera de Derecho se completó en 1920
con el cuarto curso y en 1921 con el quinto
cursoZ1.
Finalmente, en octubre de 1922, en el informe
que Cabrera Pinto eleva al Ministerio,
el catedrático del Instituto puede afirmar:
<<Es decir, que la Sección dc Estudios
Universitarios funciona ya con independencia
del Instituto, y aunque su vida
económica sea aún, más que modesta,
humilde, como lo será mientras no se le
concedan los demás recursos que tengo
asimismo solicitados, puede hoy desenvolverse
sin los apremios y dificultades
de los primeros años. Ha llegado también
por tanto, el momento de su ndlural
en-iancipación; de que se rija y gobierne,
para su mayor prestigio, con independencia
del Instituto+.
En el mismo escrito, Cabrera Pinto presentaba
su renuncia con cstas palabras:
La última etapa en el restablecimiento de la Universidad de San Fernando 181
«En resumen, cumplida, con la ayuda de
Dios, la misión que se me encomendó,
de establecer los estudios universitarios
en Canarias, completos éstos y nombrados
en propiedad parte de su personal
docente, a quien compete como es lógico
la dirección de dicho Centro, llamado
a servir de base a un nuevo Distrito Universitario,
considero terminado definitivamente
mi cometido, y tengo el honor
de presentar a V.E. la renuncia del cargo
de Director de la expresada Sección Universitaria,,.
Pocos días después, el subsecretario del
Ministerio enviaba respuesta al escrito de
Cabrera Pinto, agradeciéndole los servicios
prestados y aceptando su renuncia: ~Dándole
las gracias por el celo que en todo momento
ha desplegado al frente de su servicio,
ya que ha contribuido a su instalación
y regular funcionamiento, cediendo el local
en donde está actualmente establecida, donando
parte del material de que dispone y
~rocurando.g *ativgs de 12s C~rnnrarin- r ------
nes oficiales
LOS PROBLEMAS CONCRETOS DE
UNA UNIVERSIDAD EN CIERNES
Mientras se luchaba desde todos los
frentes para conseguir el establecimiento
universitario completo que Canarias necesitaba,
iban aflorando una serie de proble-
: - - , J - l - - - L . . - l - - . . - - - - A - A - - l - -
LILLID ~ I V ~ I V UDCL CCLLLLU I L I ~ U I L F I U , unun3 1a3
condiciones de falta de recursos suficientes
y la lejanía del territorio peninsular.
El problema más llamalivo y periiianente,
que llega hasta los años setenta, es
el relacionado con el éxodo de los catedráticos.
Las vpusiciones a ias cátedras de üniversidad
se celebraban en Madrid; los nuevos
funcionarios tomaban poscsión y al
tiempo pedian excedencia o participaban
en otros concursos y, con frecuencia, sin
poner los pies en La Laguna, ocupaban
plaza en otro centro universitario.
Para intentar superar la situación, en
1923 se dictó una orden por la cual el personal
docente nombrado para Canarias, a
cambio de la residencia forzosa durante
dos años, se le otorgaba preferencia en los
concursos en los que participara2? Esta decisión
que, en principio, parece positiva, en
la práctica significaba una discriminación
para los profesores canarios que quedaban
en los concursos en los que intervinieran
en un plano de desigualdad respecto a los
de las demás regiones que cumplieran la
condición planteada.
En un primer momento, como hemos
visto, el tema prioritario fue la puesta en
marcha de la Sección Universitaria, pero
pronto, cuando se consigue tal objetivo, los
respeIisa~!es de misma n--;fiw-, a TC
saltar las carencias. Al problema del profesorado
apuntado se une la falta de edificio
apropiado para el núrneru de estudiantes y
materias que se cursaban y, de una manera
especial, la carencia del material científico
que se requería para el desarrollo de
los cursos preparatorios de Medicina y
Ciencias.
Las instituciones locales y el Ministerio
no prestaron la ayuda necesaria en toda esta
primera fase, a pesar de la insistencia
con la que desde la Universidad se reclamaban
las imprescindibles medidas a tomar.
El decano Escobedo, en el acto de apertura
del curso 1926/27, resumía así la si-
+..-AA- A- l - c---:L- -- --..- 11--
L u u % i V i i UL ICL U L C C I V I I CI I C I Y U C I I V J IIIVIILCI Ltos:
<(La Sección Universitaria de Canarias a
despecho de quienes han prestado con
empeño todo su interés y entusiasmo
-¿por qué no decirlo con franqueza?-
cnntitcye actila!mente iin verdaderv desastre.
Se trata de un conjunto de profesores
de buena voluntad, sin Centro, sin
material, y sin el apoyo de las autoridades
»25.
Escobedo recordaba: ((Vosotros me diréis:
¿No es el Estado quien tiene que atender
a todo ello?. Yo no he de contestar a esa
pregunta, pero sí os he de decir que si el
Estado no la atiende, y la Universidad significa
algo para Canarias, si creéis que puede
ceros útil, debéis votar créditos para ella
en vuestros presupuestos»26.
Iiesyecto al profesorado afirmaba el
único decano entonces de la Universidad:
((El profesorado de la Universidad es en
su mayoría peninsular, y el trasiego de
profesores trae como consecuencia la
inestabilidad del mismo. Es menester
constituir un profesorado genuinamente
canario. Para ello ha de irse a la constitución
de un cuadro de ayudantes que se
vayan capacitando para, en un momento
oportuno, hacer las pruebas de sufciencia
que exige el Estado»17.
T L - l L - y . La lalla de dotación ecoiiciiiiica era
grande:
((Todas las universidades que se hallan
creadas disponen de material, y además
tienen dotación para éste y para constituir
pensiones en cl extranjero. Nuestra
Universidad sólo disfnita -iPasmaos!-
de tres mil pesetas ... Y tiene únicamente
dos docenas de manuales en un armario
desvenciiado. Necesitamos, por lo tanto,
que se preste auxilio a la universidad^^^.
No era menos grave la carencia de un
edificio adecuado. En un informe posterior
al Ministerio, Escobedo informaba:
((Viene funcionando la Sección de manera
deficiente y, en cierto aspccto, pcrjudicial.
El edificio en que se haya instalada
es insuficiente: basta aludir a la carmria
de salón de actos. sala biblioteca
y despacho del Decanato. Con scr considerable
la necesidad de edificio, median,
sin embargo, otras atenciones más perentorias.
No es factible la realización de
Estudios superiores, cuales son los de la
Universidad, sin contar con bibliotecas
especializadas. La Sección Universitaria
de Canarias sólo posee contados manuales,
sin que le quepa el recurso de hacer
uso de la Biblioteca provincial, forniddd
en su totalidad por volúmenes antiguos
y pertenecientes a disciplinas ajenas a la
rama jurídica. Tampoco es posible a la
Sección,el iniciar la formación de biblioteca,
a causa de haberse consignado tan
solo en presiipii~qtosl a rantidad de tres
mil pesetas para cubrir todas sus atenciones.
Las cátedras de preparatorio de
Ciencias se sirven del material científico
y laboratorios del Instituto, que, sí a tono
con las exigencias de la Segunda Enseñanza,
resultan insuficientes para la
CONCLUSIONES
Con esta breve aportación, a manera de
resumen de una realiddd bieri compleja y
singular, hemos querido delimitar el proceso
de consolidación de la Sección Universitaria
de La Laguna, fundamento para
la posterior creación, o, si se quiere, reapertura,
de la Universidad de San Fcrnando
y del distrito universitario XII, o de Canarias.
El establecimiento de la Sección Univcrsitaria
de Canarias tiene el interés añadido
de ser un paradigma de la época, de
interrelación entre la administración central
y la ultraperiférica que, entonces más
que nunca, representaba los lejanos, pobres
y atrasados territorios insulares atlánticos.
De hecho, se puede observar como la Sección
surge entre enormes dificultades, interpretaciones
diversas, algunas muy curiosas
porque revelan aspectos de mentalidad
importantes para comprcndcr cómo se
concebía la realidad canaria desde el territorio
peninsular.
Conseguida la creación paulatina y
mux, lnnh de la $ecciSn Linirrercitrria, se
J ------
detectan graves carencias de profesores,
edificio y materiales científicos y bibliográficos
que las institucioncs públicos no
afrontan con el debido empeño y rapidez,
piidiéndose reconocer la precariedad de
una instiiuci6n que iuriciuridld eii iiieciiu
de dificultades de todo tipo, agravadas por
lo indolencia institucional canaria y la falta
de eficacia y perspectiva de la administración
central.
A pesar de las graves deficiencias con
las que surge y se desarrolla, se puede afirmar,
no obstante, que gracias al esfuerzo
desplegado por el director del Instituto de
Canarias, profesor Adolfo Cabrera Pinto, y
de los hombres que le sucedieron al frente
La última etapa en el restablecimiento de la Universidad de San Fernando 183
de la Sección universitaria, ésta consiguió recuperar la Universidad y con ella la poconsolidarse
y hacer así realidad uno de los sibilidad de fomentar el desarrollo de las
anhelos del mundo d e la cultura canaria: lslas entonces tan poco afortunadas.
NOTAS
1 En distintos congresos y publicaciones hemos
venido presentando aportaciones en torno a
la Universidad de La Laguna en la Historia.
Algunas de ellas aparecen agrupadas en un
librc nucsfre Uc rccicEk aparicih, NLGRL::,
O.: Estudios de Historia de ln Educación eiz Canarlas.
Las Palmas, Cabildo Insular de Gran
Canaria, 1998. El presbítero Josb Rodríg11~7
Moure, pionero en la investigación en torno a
la universidad canaria, abría el breve capítulo
oncc dc su clásica obra: Historia dc Ins Universidades
Cnriarins, publicada en Tenerife en
la ya lejana fecha de 1933, con el título: «Resurgimiento
de la Universidad de San Fernando
o de Canarias)). Pero, en realidad, lo
que se ordenaba en el real decreto de 11 de
abril de 1913 es que en el curso académico
1913-14 quedase establecida urid Secciúri uuiversitaria
en el Instituto y no la deseada Universidad.
2 Ademis del citado libro dc Mourc, la obra
principal para el conocimiento de la universidad
canaria sigue siendo: Esco~~uJo.: , Ln
Universidad de Caiiarias. Apiintils para sti historia
desdi! su primern fiindnción cn 1701 hasta cl
presente. Madrid, Librería V. Suárez, 1928. De
hecho, las publicaciones que han ido apareciendo
con posterioridad no dejan de ser interpretaciones
que se apoyan ampliamente en
esos dos manuales que encierran mucha documentación
ae arcnivo y tienen como reíerencia
directa el conocimiento cercano de los
hechos. Otros trabajos clásicos poco conocidos,
sobre diversas etapas de la universidad
canaria, son: HARDISSOEN.: ,( (Noticiass obre la
creación de la Universidad de San Fernando)>,
Rewstn de Histouin, 28, 1930, pp. 1-9; KLI~~EU,
A.: (<Notash istóricas sobre la fundación de la
Universidad de La Laguna,,, Anuario de Estiidios
Atlhzticos, 1992, 38, pp. 73-139. Una obra
más reciente, con carácter conmemorativo, es:
CIORANESCAU. y, NUÑEZ, M.: Bicet~te~~rz~riio1e 0
Lliiiversidad de La Lagiina. La Laguna, Universidad
de La Laguna, 1992.
3 En contra de lo que a veces se ha afirmado, la
provincia de Las Palmas no se oponía en tal
taria en La Laguna: «Confirmando lo dicho
por el Sr. Delgado Barreto, no hace tnucho
tiempo que el Cabildo de Cran Canaria hizo
constar u e jamás se había opuesto, ni se
opondría, a que se completara la Sección Universitaria
de La Lagunan. Vid.: DELGADBOA -
IUWO, M.: Ln Sección Unioersitaria de Cannrins.
Discurso pronunciado en la sesión celebrada
el día 17 dc diciembre de 1914. La Laguna,
Real Sociedad Económica de Amigos del
País de Tenerife, 1915, p. 12.
4 Adolfo Cabrera Pinto fue uno de los profesores
canarios contemporáneos de segunda enscñanza
que, por su contribución al avance
educativo isleño, está necesitando ser estudiado
en detalle. Está fuera de toda duda la
calidad de su liderazgo intclcctunl y de su tcnaz
lucha para conseguir restablecer la Universidad
d~ San F~rnandnn, travPr d~ la rrPación
y consolidación de la Sección universitaria
de La Laguna. A este respecto, es de
ohligada lectura su discurso en la apertura
del curso académico de 1921 a 1922, publicado
en la Gaceta de Tenerife, 6 de octubre de
1921.
5 La Universidad de Canarias fue supriinida
por real orden de 17 de septiembre de 1845,
que redujo a diez las universidades españolas.
Hrr-ederu de la Universidad fue el Instituto
de Canarias, inaugurado el 1 de noviembre
de 1846. Desde aquellas fechas, son
numerosos los intentos, quc no tcndrtin Cxito,
realizados desde Canarias por recuperar la
Universidad. No obstante, con la Revolución
de 1868 se logró la creación de tina Esciirla libre
de Derecho, gestionada en Madrid por JosC.
María Pinto, catedrático del Instituto y Ií184
Olqprio Negríii Fajnrdo
der del partido liberal en La Laguna. Fue
inaugurada el 17 de enero de dicho año y se
cerró, como todos los centros del mismo tipo,
en 1875.
6 El Instituto solicitó el apoyo especial del diario
de la noche La Correspondencia de Espntia.
del que era redactor jefe el periodista canario
Manuel Delgado Barreto. La información enviada
desde Tenerife se publicó bajo el título
«Del pleito isleño: la enseñanza en Canarias)).
Entre otros apoyos, Cabrera Pinto resalta el
recibido de Canalejas, que captó la trascendencia
de la mejora que se solicitaba para una
población alejada de los centros de la cultura
nacional. Vid.: Esco~~nonp,. cit., p.46.
7 Se puede observar que se mantiene una cierta
ambigüedad en la afirmación transcrita, extraída
del artículo 81 de la Ley de Reformas
Administrativas de Canarias, de 11 de julio
de 1912. De hecho, en el párrafo citado es posible
tanto deducir que se crearían centros
universitarios como que sólo se establecerían
los correspondientes a los niveles educativos
ya existentes. Quizás por ello, ante la duda,
se sigue insistiendo desde La Laguna en la regulación
concreta de la sección que no se produciría
hasta abril de 1913; se retrasaba así un
curso más la restauración de la enseñanza
universitaria.
8 Real decreto de 11 de abril de 1913, Gaceta del
12 y Boletín Oficial del Ministerio del 15. El
decrelo hacía constar que los gastos se atenderían
por el presupuesto corriente para centros
docentes de las Islas Canarias.
a Ros! nrdon sc!aratoria de 7 & agnctn, Cnratn
del 13 y Buletíri Oficial del Ministerio del 19.
En realidad no queda muy claro si lo que
pretendía el Ministerio era conceder un título
honorífico, histórico y sentimental, a la
Sección, o, quiyás, dar por hecho que esta se
convertiría en una universidad completa. Esta
última posibilidad estaba limitada por el
criterio ministerial de que no procedía abrir
más universidades en España. En cualquier
caso, al fin se hacía realidad el primer aiio de
Derecho: <.Quedan encargados interinamente
de la cátedra de Lengua y Literatura espafivlas
el catedrático de la de igual denominación
del Instituto; de la de Lógica fundamental,
el de Psicología, Lógica y Ética, y el
de !2 Hictori-. de Ecpafta, e! de Geografia e
Historia, percibiendo cada uno por este servicio
la gratificación que por acumulación de
cátedras se concede en las universidades del
Reino».
10 Real orden de 29 de agosto de 1913. Entre
tanto, los interesados en la consolidación de
las enseñanzas iiniversitarias no permanecían
pasivos; así, el 9 de octubre de 1913, varios
licenciados y doctores enviaron un escrito
al Ministerio en el que se ofrecían a desempeñar
gratuitamente todas las cátedras
de la Facultad de Derecho. Dicha instancia
fue acompañada de un informe de Cabrera
Pinto que contenía el ((Proyecto de reorganización
de la Sección Universitaria aneja al
Instituto de Canarias)), ajustado al real decreto
de 11 de abril de 1913 y a la real orden
aclaratoria de 7 de agnrtn del rnismn año F1
documento aparece recogido en la obra de
ESCOBEDOo, p. cit., py. 11 y SS.
11 La propuesta concreta que se hacía era la
distribución siguiente por materias de la Facultad
de Dereclio:
Elementos de Derecho Natural: Manuel de
Ossuna
Instituciones de Derecho romano: José Rodrígiie7
Febles
Econoinia poiitica: Hipiiiilo Giez. Iieboiiar
Historia del Derecho español: Manuel de 0scuna
Insliluciones de Derecho canónico: Juan de
Ascanio y Nieves
Derecho político: Guillerrno Cabrera y Feli-
Fe
Derecho civil español: Hipólito Glez. Rebollar
Derecho administrativo: Guillermo Cabrera
y Felipe
Derecho penal: Pedro Schwartz y Mattos
Derecho civil español: Juan dé Ascanio y
Nieves
Hacienda pública: Hipólito Glez. Kebollar
Derecho procesal: Blas Cabrera y Tophan
Dereclio iriterriacional público: Alonso IJérez
y Díaz
Derecho mercantil: Mario Arozena y Arozena
Práctica forense: Blas Cabrera y Tophan
Derecho internacional: Alonso Pérez y día^
12 DELGADBOH RRETO,o p. cit. En dicho librito,
publicado por la Sociedad Económica de
Amigos del País de Tenerife, se recoge la
poch~ra favorable de Giner de !os Ríos, In
que equivale a decir de la Institución Libre
de Enseñanza y de su potente gnipo inte-
OUnversdad de a s Fanai d? Gran Canara i t o e c a Unuestsri Memm Dgta le Caniris 20815
La última etapa en el restablecimiento de la Universidad de San Fernando 185
lectual, a que se creara la Sección universitaria
de La Laguna.
a - 13 A veces se piensa, por ciesconocimienio dei
pasado, que el pleito insular, especialmente
cl sostenido por las dos capitales de provinciss
y pur wtonribn entre !2s des is!% rnL~..k' -
cipales, es un tema reciente, cercano en el
tiempo. Pero, la realidad es muy distinta ya
que se encuentran conatos de enfrentamiento
a lo largo de la historia desde que se consolidan
los núclcos principales de población.
Delgado Barreto en su intervención niega
que el enfrentamiento se produzca en las Islas:
«Porque no están allí tan latente como lo
están aquí esas cuestiones de nuestra división,
que yo he de cicciarar Íormaimerite, para
que se sepa de una vez, que el pleito de
las Islas Canarias no es allí donde se produce,
n i ~ oc o octi nrnri i irionrln ~ni i~ír nl io
y".. U.. ..""r '-X---\A."- -y-- J y--
de aquí se está exportando allá, haciendo,
señores, un daño enorme, enormísimo, al
país y al crédito de España.. BARRETDOE LGADO,
Op. cit., pp. 9 y SS.
14 Ibídem p.11.
15 DELGADBOA RRETOop, . cit., pp. 20 y SS.
16 Ibídem, pp.27 y 28.
17 Ibídem., pp. 28.
18 Ibídem, pp.31 y 32. En la sesión del Parlamento
del día 18 de diciembre de 1914,
cuando se supo que se iba a crear la Universidad
de Murcia, intervino cl diputado tinerfeño
Felix Benítez de Lugo para apoyar
la intervención de Delgado Barreto y explicar
que si se creaba dicha centro universitario
ya no debería haber obstáculos, por mayores
motivos, para crear la Universidad de
La Laguna.
19 El Cabildo había ofrecido para ello 25.000
pesetas en mayo de 1916. Su objetivo era
crear con posterioridad con ese dinero,
cuando el Estado se hiciera cargo del presupuesto
universitario, una sección de Estudios
Americanistas «que permitieran a los
Licenciados en las Universidad de San Fernando
practicar el ejercicio de su profesión
en las Repúblicas de la América latina, implantando
así la Universidad Hispanoamericana,,.
Datos citados por Escoorao, op.
cit., pp. 49 y SS.
20 En su escrito de 15 de julio de 1917, el director
del Instituto solicitaba que fuese completada
la Facultad de Derecho con los tres
últimos cursos, así como la creación del curso
preparatorio para las facultades de Medicina,
Farmacia y Ciencias. Después del inÍoriiie
piecepiivu del Cuiiseju de iiisiiii~ciúii
Pública que fue favorable, el real decreto dc
11 de diciembre en su artículo 11 decretaba
!a imp!iacibn de lis ensefi-inzac unioerritlrias
incorporando los cursos preparatorios
para el ingreso en las Facultades de Medicina
y Farmacia, *o sea las asignaturas de Física
general, Química general, hlincralogía y
Botánica y Zoología general),. Mientras se
dotasen 1;s cátedras xkesarias, el real decreto
indicaba que tales enseñanzas serían
cubiertas por los profesores de Matemáticas,
de Física y Química, de Historia natural y de
Agricuitura, cici instituto gcnerai y tknicu
de La Laguna, aentendiéndose que desempeñarán
esos cargos sin retribución alguna».
Vid. %a! Yecret~ de ?! de diciedxc de
1917, Gaceta del 2/XII/1917.
21 Para no hacer más extensa la descripción de
unos procedimientos hnrncráticos farragosos,
remitimos al apéndice documental que
aparece en la obra de ECCOREDOop, . cit., pp.
158 y SS.
22 El escrito lleva fecha de 15 de octubre de
1922, está dirigido al ministro de Instrucción
Pública y Bellas Artes y solicitaba la creación
del 121 Distrito universitario, al tiempo que
la autonomía dc la Sección dc Estudios Universitarios
y su independencia del Institiito
de La 1.aguim. Vhse docunienlo no XXXII
del anexo documental de la obra citada de
Escobedo Alberú.
23 Real Orden de 31 de octubre de 1922, en la
que el subsecretario E. Castel aceptaba la renuncia
de Cabrera Pinto.
24 Hay que tener en cuenta que durante 1922 se
habían dotado por oposición las cátedras siguientes:
Instituciones de Derecho canónicu
(Armando Álvarez Rodríguez), Elementos de
Derecho natural(Wences1ao González Oliveros),
Derecho administrativo (Justo Villanueva
Gómez), Historia de España(Ciriaco Pérez
Buslainanle), L6gica furiddrnentdl (Fdustinu
Luis de la Vallim y Argüelles), Derecho político
espafiol comparado con el extranjero (José
María Gil Robles y Quiñones) y Lengua y
Literatura españolas (Pedro Tomás Hemández
Redondo). Es decir, se planteaba en la
práctica uno de los problemas que luego se
hdría crónico, hasta tiempos relativamente recientes,
del profesorado peninsular que ocu186
paba las plazas libres en La Laguna, pero sólo
como lugar de paso y sin ningún interés
por arraigar en un territorio tan poco desarrollado
y tan alejado del territorio peninsular.
25 ESCOBEDOo, p. cit., ((Algunos años de funcionamiento
anómalon, pp. 54 y SS. Véase, además,
el documenlo XXXI del anexo documental
del libro citado, que contiene su intervención.
Olegario N q r h Fqlzvdo
26 Ibídem
27 Ibídcm
28 Ibídem
29 Vid. Anexo documental del libro de ESCOBEDO,
op. cit., documento XXXIII: <<Peticiones
forinuladas por el Decano Jefe de la Sección
Universitaria al Excmo. Sr. Ministro de Gracia
y Justicia», pp. 196 y SS.