VEGUETA, Número 4, 1999 (177-186) 177

La última etapa en el

resta blecimiento

de la Universidad de

San Fernando

*Depnvtnmento de Historia de la Edircacicín

UNED. Madrid.

INTRODUCCI~N

En trabajos anteriores hemos estudiado

diversos períodos históricos de la denominada

tradicionalmente Universidad de Canarias,

con sede en la ciudad de La Laguna'.

En esta ocasión nos ocuparemos de

una de las fases de su historia menos conocida,

que se extiende desde el momento

en que el claustro del Instituto de Canarias

solicita al rey, en 1906, el restablecimiento

de la suprimida Universidad de San Fernando,

hasta que, finalmente, en 1927, se

concede a las islas el 121 Distrito universitario

y los centros insulares dejan de depender,

como hasta entonces, de la Universidad

de Sevilla2.

La creación de una Sección universitaria

en La Laguna significó el primer paso

hacia la restauración de la suprimida Universidad

de San Fernando y fue el objetivo

perseguido por los políticos e intelectuales

canariosg. Pero no fue tarea fácil conseo,..:,"

I, "'" ,.,yv'y"' 1, ,,l:c:,, -:,:,e,+:,l ,.:, 'U y""""" "U"'"'"""' "'o"'"

siendo la de no crear nuevos centros universitarios.

A lo largo de este trabajo expondremos

los hitos legislativos básicos

que fueron construyendo lentamente, y en

medio de enormes dificultades, la estruc-

Lui-a uiiiversilaria, a partir del decisivo impulso

del promotor de la Sección, Adolfo

Cabrera Pinto4, director del Instituto de Canarids.

LA CREACI ~ND E LA SECCIÓN

UNIVERSITARIA DE LA LAGUNA

Canarias nunca se había resignado con

la supresión de su Universidad de San Fernando5.

Fueron muchos los intentos infructuosos

por distintas vías para restaurarla;

finalmente, se presentó una oportunidad

especial: el viaje de Alfonso XIII a Canarias.

El entonces director del Instituto de

Canarias, Adolfo Cabrera Pinto, aprovechó

la ocasión para plantear la situación ante la

comitiva real y consiguió que el conde de

Romanones le contestara, de forma un tanto

ambigua, en nombre del monarca; refiriéndose

al viaje que se estaba realizando,

afirmó que: «... había de dejar huella profunda

de su paso en todos los órdenes de

la enseñanza».

Sin embargo, en el posterior proyecto

de reorganización administrativa de Canarias

no se incluía la Universidad de La Laguna,

a pesar del informe favorable del rector

de la Universidad de Sevilla. Para que

luego se incorporara definitivamente en la

Ley de Reformas Administrativas de Canarias

de 11 de julio 1912, fue necesario

emprender una ofensiva ante el Ministerio;

es de destacar la aparición de la noticia en

lar páginas d.^ 1~1.nd iario madrileñnb

Finalmente, el Ministerio de Instrucción

Pública y Bellas Artes fue autorizado

por la citada Lcy yara fundar cn La Laguna

centros docentes en relación con las

necesidades del Ar~hipiélago))E~n. 1913,

un real decreto ordenaba que a partir del

curso 1913/14 quedasen instaladas en La

Laguna «las enseñanzas universitarias correspondientes

al primer curso de la Facultad

de Filosofía y Letras y preparatorio

de la de Derecho,). La sede de la Sección

Universitaria creada iba a ser cl Instituto

General y Técnico con quien compartiría

dirección, profesores y servicios administrativo~~.

El ministro Ruiz Jiménez daba un paso

importante en los meses siguientes al reconocer

que, cuando los presupuestos generales

del Estado lo permitieran, se completarían

los estudios de la Licenciatura en

Derecho y la Sección Universitaria se reorganizaría

con el nombre de Universidad de

C.., lz ,., A-9

ClUll I C I I I U I L U U .

Una vez establecidas las enseñan~as

universitarias de nuevo, se planteó la necesidad

de encontrar a los profesores más

idóneos para impartir las diversas disciplinas.

Como estaba previsto se hiciera en una

primera fase, fueron los catedráticos del

Instituto los que se encargaron de impartir

las diversas asignaturas. Así, en agosto de

1913 se decidió que fueran los profesores

Adolfo Cabrera Pinto, Antonio Zerolo y

1.a iíltimn etapa e n e! r e s t~h! e c5p. i endf~o !a Unioprcid~dd e sr.F ernan& 173

Herrera y Antonio Álvarez de Linera y

Grundlo los responsables dc tal cometido.

En octubre del mismo año, teniendo en

cuenta que la dotación de personal docente

era escasa, adaptada sólo al curso preparatorio

de Derecho y Filosofía y Letras,

y que muchos alumnos canarios tenían que

seguir saliendo a estudiar a otros centros

peninsulares, varios doctores y licenciados

en derecho se ofrecieron a desempeñar con

carácter gratuito todas las cátedras de la facultad

de Derecho.

Dada la importancia de tal gesto, a continuación

hacemos constar los nombres de

los firmantes del escrito dirigido al Ministerio:

Blas Cabrera y Tophan, Alonso Pérez

Díaz, Guillermo Cabrera y Felipe y José

Rodríguez Febles, que eran doctores en Derecho;

Juan de Ascanio y Nieves y Manuel

de Ossuna y Wan-den-Heede, licenciados

en Derecho y ex-profesores de la Escuela

de Derecho de La Laguna, y Mario Arozena

y Arozena, licenciado en Derecho, profesor

mercantil y catedrático de Derecho

mercantil internacional de la Escuela Superior

de Comercio de Santa Cruz de Tenerife".

Pero todas las gestiones quc se realizaron

para quc se completaran los estudios

fueron en vano; parecía claro que la admir,

is:raciSn iiiinis;erial a\*ii-,i&, e[ pi.imer

curso de Derecho en La Laguna. En el

fondo del problema subsistía la decisión

del gobierno de no abrir nuevas universidades.

En este sentido resulta muy aleccionadora

la sesión parlamentaria de 17 de diciembre

de i 9 i P , que comentamos a continuación.

Cuando el periodista Manuel Delgado

Barreto, entonces diputado a Cortes, empieza

su intervención en el Parlamento defendiendo

la necesidad de una Sección

Universitaria de Canarias a instalar en La

Laguna, le albergaba una gran preocupación:

(Confieso que siempre que me levanto a

hablar de cosas relativas a Canarias lo

hago con un poco de temor, porque, desgraciadamente,

se ha producido en la

Cámara un estado de opinidn en todo lo

que afecta a las cuestiones de mi país,

que me causa verdadera tristeza al ver

que, cuestiones de tanta importancia como

las que se relacionan con el régimen

de aquel Archipiélago, han tomado ya

un cierto carácter en el Parlamento, y no

digo que sin justicia, porque las reiteradas

intcrvenciones de la representación

isleña, trayendo aquí nuestros pleitos

menudos, han creado este estado de cosas,

que produce, digo, esa situación de

espíritu en la Cámara, de efecto verdader~

rneiite! nineiitñb:en".

Barreto llama la atención a los diputados

presentes sobre las peculiaridades de

Canarias y sugiere que hay que cuidar las

aspiraciones isleñas para evitar cualquier

interés extranjero por las Islas: «Porque, al

fin y al cabo, señores diputados, en aquella

parte de España es donde se fijan con

mayor atenribn y cin más percistenciz !as

miradas de Europa y América por su situación

especial~l~.

La intervención del diputado canario,

defendiendo su voto particular, estuvo centrado

en conseguir aumentar el presupuesto

previsto para que se pudieran abrir las

enseñanzas correspondientes al resto de los

cursos de la Facultad de Derecho, y opo-

~iiéncioseír ontaimente a ia creación de delegaciones

regias de enseñanza; su opinión

al respecto era:

«Que no sirven para nada, ahora mucho

menos, porque van a ser dos Delegaciones

regias de Enseñanza y eso va a traer ..-- ---l..l- .: *- --- -

uiia y c i ~ u i v n c i ~ iciiii ullilr eii iudu el Archipiélago,

porque van a ser dos iiistrumentos

políticos para manejar a los Maestros,

para que la política intervenga en

todos los Centros Docentes de Canarias

»I5.

La respuesta que da Silvela Loring, subsecretario

de Instrucción Pública, a la intervención

de Delgado Barreto, deja al descubierto

el pensamiento de los responsables

del Ministerio. Después dc recordarle

que el decreto de 11 de abril de 1913 sólo

180 Ole,yario Nexríii Fajardo

preveía las enseñanzas correspondientes al

curso preparatorio de la Facultad de Derecho

y al primer curso de la Facultad de Filosofía

y Letras, afirmaba:

«Como opinión particular mía he de decir,

sin embargo, a S.S. que no soy partidario

del aumento de Universidades en

España, porque estimo que hay actualmente

más centros universitarinq, de los

que conviene, y quizás me permitiría

añadir que conviene aún menos el establecimiento

de esa enseñanza en las Islas

Canarias, porque las Universidades

de la Península sirven para mantener y

estrechar aún más, si cabe, los lazos de

unión y fraternidad entre los habitantes

de aquellas Islas y los penin~ulares))'~.

Ante tamaña afirmación, no es de extrañar

que el diputado canario le interrumpiera

para afirmar:

'<Si no f ~ ~ eSs eS quien dijera eso, lo estimaría

como una ofensa para Canarias.

Ese es un argumento que se está esgrimiendo

aquí desde hace mucho tiempo,

y es una tristeza que se digan tales cosas

del país canario, que no necesita relacionarse

con la Península por medio de la

Universidad ni de ningún otro organismo

para sentir muy vivo el amor a la Patria

»".

Silvela vuelve a insistir en sus paternalistas

ideas y Barreto le tendría que recordar

en la réplica:

<<El argumento que parece capital, expuesto

por el Sr. Silvela, para no acceder

a la creación, o por lo menos para poner

reparos al restablecimiento de la Universidad

de San Fernando, en la ciudad de

La Laguna, es el de que los lazos universitarios

pueden establecer reiaciones

de afecto entre los jóvenes que vienen de

aquellas islas a estudiar en las Universidades

de la Península. Como sun tan pvcos,

Sr. Silvela, los que pueden venir no

está con-ipensado con csc beneficio el

enorme perjuicio que representa el que

miles y miles de infelices muchachos de

clarísimo talento, dc condiciones extraordinarias.

que. teniendo medios de estudios,

de adquirir una enseñanza superior,

podrían dar a aquel país días de

gloria, no puedan venir a seguir carreras

universitarias, ni siquiera para ponerse

en condiciones de optar a los destinos

públicos por no poseer título universitario.

Si en alguna parte está justificada la

creación de una Universidad es precisamente

en las islas Canarias)>'8.

A pesar de las promesas de extender los

estudios univcrcitarios en Canarias, sólo

después de tres años del primer decreto, en

febrero de 1916, se amplió las enseñanzas

de la Sección Universitaria con los dos primeros

años de la Facultad de Derecho. Ante

la insistencia en continuar la ampliación,

ei ivíinisterio optó por permitir id de ius

cursos preparatorios para el ingreso en las

Facultades de Farmacia y Medicina, de cuyas

asignaturas se encargarían también los

profesores del Instituto de la rama de cienciasI9.

Tal ampliación n o s e realizó en última

instancia al no cumplir el Cabildo con la

oferta económica que había hecho, así que

en 1917 volvió el director del Instituto a pedirla20;

finalmente fue concedida en octubre

de 1919 para las materias que componían

el tercer aiio de la Facultad de Derecho. La

carrera de Derecho se completó en 1920

con el cuarto curso y en 1921 con el quinto

cursoZ1.

Finalmente, en octubre de 1922, en el informe

que Cabrera Pinto eleva al Ministerio,

el catedrático del Instituto puede afirmar:

<<Es decir, que la Sección dc Estudios

Universitarios funciona ya con independencia

del Instituto, y aunque su vida

económica sea aún, más que modesta,

humilde, como lo será mientras no se le

concedan los demás recursos que tengo

asimismo solicitados, puede hoy desenvolverse

sin los apremios y dificultades

de los primeros años. Ha llegado también

por tanto, el momento de su ndlural

en-iancipación; de que se rija y gobierne,

para su mayor prestigio, con independencia

del Instituto+.

En el mismo escrito, Cabrera Pinto presentaba

su renuncia con cstas palabras:

La última etapa en el restablecimiento de la Universidad de San Fernando 181

«En resumen, cumplida, con la ayuda de

Dios, la misión que se me encomendó,

de establecer los estudios universitarios

en Canarias, completos éstos y nombrados

en propiedad parte de su personal

docente, a quien compete como es lógico

la dirección de dicho Centro, llamado

a servir de base a un nuevo Distrito Universitario,

considero terminado definitivamente

mi cometido, y tengo el honor

de presentar a V.E. la renuncia del cargo

de Director de la expresada Sección Universitaria,,.

Pocos días después, el subsecretario del

Ministerio enviaba respuesta al escrito de

Cabrera Pinto, agradeciéndole los servicios

prestados y aceptando su renuncia: ~Dándole

las gracias por el celo que en todo momento

ha desplegado al frente de su servicio,

ya que ha contribuido a su instalación

y regular funcionamiento, cediendo el local

en donde está actualmente establecida, donando

parte del material de que dispone y

~rocurando.g *ativgs de 12s C~rnnrarin- r ------

nes oficiales

LOS PROBLEMAS CONCRETOS DE

UNA UNIVERSIDAD EN CIERNES

Mientras se luchaba desde todos los

frentes para conseguir el establecimiento

universitario completo que Canarias necesitaba,

iban aflorando una serie de proble-

: - - , J - l - - - L . . - l - - . . - - - - A - A - - l - -

LILLID ~ I V ~ I V UDCL CCLLLLU I L I ~ U I L F I U , unun3 1a3

condiciones de falta de recursos suficientes

y la lejanía del territorio peninsular.

El problema más llamalivo y periiianente,

que llega hasta los años setenta, es

el relacionado con el éxodo de los catedráticos.

Las vpusiciones a ias cátedras de üniversidad

se celebraban en Madrid; los nuevos

funcionarios tomaban poscsión y al

tiempo pedian excedencia o participaban

en otros concursos y, con frecuencia, sin

poner los pies en La Laguna, ocupaban

plaza en otro centro universitario.

Para intentar superar la situación, en

1923 se dictó una orden por la cual el personal

docente nombrado para Canarias, a

cambio de la residencia forzosa durante

dos años, se le otorgaba preferencia en los

concursos en los que participara2? Esta decisión

que, en principio, parece positiva, en

la práctica significaba una discriminación

para los profesores canarios que quedaban

en los concursos en los que intervinieran

en un plano de desigualdad respecto a los

de las demás regiones que cumplieran la

condición planteada.

En un primer momento, como hemos

visto, el tema prioritario fue la puesta en

marcha de la Sección Universitaria, pero

pronto, cuando se consigue tal objetivo, los

respeIisa~!es de misma n--;fiw-, a TC

saltar las carencias. Al problema del profesorado

apuntado se une la falta de edificio

apropiado para el núrneru de estudiantes y

materias que se cursaban y, de una manera

especial, la carencia del material científico

que se requería para el desarrollo de

los cursos preparatorios de Medicina y

Ciencias.

Las instituciones locales y el Ministerio

no prestaron la ayuda necesaria en toda esta

primera fase, a pesar de la insistencia

con la que desde la Universidad se reclamaban

las imprescindibles medidas a tomar.

El decano Escobedo, en el acto de apertura

del curso 1926/27, resumía así la si-

+..-AA- A- l - c---:L- -- --..- 11--

L u u % i V i i UL ICL U L C C I V I I CI I C I Y U C I I V J IIIVIILCI Ltos:

<(La Sección Universitaria de Canarias a

despecho de quienes han prestado con

empeño todo su interés y entusiasmo

-¿por qué no decirlo con franqueza?-

cnntitcye actila!mente iin verdaderv desastre.

Se trata de un conjunto de profesores

de buena voluntad, sin Centro, sin

material, y sin el apoyo de las autoridades

»25.

Escobedo recordaba: ((Vosotros me diréis:

¿No es el Estado quien tiene que atender

a todo ello?. Yo no he de contestar a esa

pregunta, pero sí os he de decir que si el

Estado no la atiende, y la Universidad significa

algo para Canarias, si creéis que puede

ceros útil, debéis votar créditos para ella

en vuestros presupuestos»26.

Iiesyecto al profesorado afirmaba el

único decano entonces de la Universidad:

((El profesorado de la Universidad es en

su mayoría peninsular, y el trasiego de

profesores trae como consecuencia la

inestabilidad del mismo. Es menester

constituir un profesorado genuinamente

canario. Para ello ha de irse a la constitución

de un cuadro de ayudantes que se

vayan capacitando para, en un momento

oportuno, hacer las pruebas de sufciencia

que exige el Estado»17.

T L - l L - y . La lalla de dotación ecoiiciiiiica era

grande:

((Todas las universidades que se hallan

creadas disponen de material, y además

tienen dotación para éste y para constituir

pensiones en cl extranjero. Nuestra

Universidad sólo disfnita -iPasmaos!-

de tres mil pesetas ... Y tiene únicamente

dos docenas de manuales en un armario

desvenciiado. Necesitamos, por lo tanto,

que se preste auxilio a la universidad^^^.

No era menos grave la carencia de un

edificio adecuado. En un informe posterior

al Ministerio, Escobedo informaba:

((Viene funcionando la Sección de manera

deficiente y, en cierto aspccto, pcrjudicial.

El edificio en que se haya instalada

es insuficiente: basta aludir a la carmria

de salón de actos. sala biblioteca

y despacho del Decanato. Con scr considerable

la necesidad de edificio, median,

sin embargo, otras atenciones más perentorias.

No es factible la realización de

Estudios superiores, cuales son los de la

Universidad, sin contar con bibliotecas

especializadas. La Sección Universitaria

de Canarias sólo posee contados manuales,

sin que le quepa el recurso de hacer

uso de la Biblioteca provincial, forniddd

en su totalidad por volúmenes antiguos

y pertenecientes a disciplinas ajenas a la

rama jurídica. Tampoco es posible a la

Sección,el iniciar la formación de biblioteca,

a causa de haberse consignado tan

solo en presiipii~qtosl a rantidad de tres

mil pesetas para cubrir todas sus atenciones.

Las cátedras de preparatorio de

Ciencias se sirven del material científico

y laboratorios del Instituto, que, sí a tono

con las exigencias de la Segunda Enseñanza,

resultan insuficientes para la

CONCLUSIONES

Con esta breve aportación, a manera de

resumen de una realiddd bieri compleja y

singular, hemos querido delimitar el proceso

de consolidación de la Sección Universitaria

de La Laguna, fundamento para

la posterior creación, o, si se quiere, reapertura,

de la Universidad de San Fcrnando

y del distrito universitario XII, o de Canarias.

El establecimiento de la Sección Univcrsitaria

de Canarias tiene el interés añadido

de ser un paradigma de la época, de

interrelación entre la administración central

y la ultraperiférica que, entonces más

que nunca, representaba los lejanos, pobres

y atrasados territorios insulares atlánticos.

De hecho, se puede observar como la Sección

surge entre enormes dificultades, interpretaciones

diversas, algunas muy curiosas

porque revelan aspectos de mentalidad

importantes para comprcndcr cómo se

concebía la realidad canaria desde el territorio

peninsular.

Conseguida la creación paulatina y

mux, lnnh de la $ecciSn Linirrercitrria, se

J ------

detectan graves carencias de profesores,

edificio y materiales científicos y bibliográficos

que las institucioncs públicos no

afrontan con el debido empeño y rapidez,

piidiéndose reconocer la precariedad de

una instiiuci6n que iuriciuridld eii iiieciiu

de dificultades de todo tipo, agravadas por

lo indolencia institucional canaria y la falta

de eficacia y perspectiva de la administración

central.

A pesar de las graves deficiencias con

las que surge y se desarrolla, se puede afirmar,

no obstante, que gracias al esfuerzo

desplegado por el director del Instituto de

Canarias, profesor Adolfo Cabrera Pinto, y

de los hombres que le sucedieron al frente

La última etapa en el restablecimiento de la Universidad de San Fernando 183

de la Sección universitaria, ésta consiguió recuperar la Universidad y con ella la poconsolidarse

y hacer así realidad uno de los sibilidad de fomentar el desarrollo de las

anhelos del mundo d e la cultura canaria: lslas entonces tan poco afortunadas.

NOTAS

1 En distintos congresos y publicaciones hemos

venido presentando aportaciones en torno a

la Universidad de La Laguna en la Historia.

Algunas de ellas aparecen agrupadas en un

librc nucsfre Uc rccicEk aparicih, NLGRL::,

O.: Estudios de Historia de ln Educación eiz Canarlas.

Las Palmas, Cabildo Insular de Gran

Canaria, 1998. El presbítero Josb Rodríg11~7

Moure, pionero en la investigación en torno a

la universidad canaria, abría el breve capítulo

oncc dc su clásica obra: Historia dc Ins Universidades

Cnriarins, publicada en Tenerife en

la ya lejana fecha de 1933, con el título: «Resurgimiento

de la Universidad de San Fernando

o de Canarias)). Pero, en realidad, lo

que se ordenaba en el real decreto de 11 de

abril de 1913 es que en el curso académico

1913-14 quedase establecida urid Secciúri uuiversitaria

en el Instituto y no la deseada Universidad.

2 Ademis del citado libro dc Mourc, la obra

principal para el conocimiento de la universidad

canaria sigue siendo: Esco~~uJo.: , Ln

Universidad de Caiiarias. Apiintils para sti historia

desdi! su primern fiindnción cn 1701 hasta cl

presente. Madrid, Librería V. Suárez, 1928. De

hecho, las publicaciones que han ido apareciendo

con posterioridad no dejan de ser interpretaciones

que se apoyan ampliamente en

esos dos manuales que encierran mucha documentación

ae arcnivo y tienen como reíerencia

directa el conocimiento cercano de los

hechos. Otros trabajos clásicos poco conocidos,

sobre diversas etapas de la universidad

canaria, son: HARDISSOEN.: ,( (Noticiass obre la

creación de la Universidad de San Fernando)>,

Rewstn de Histouin, 28, 1930, pp. 1-9; KLI~~EU,

A.: (<Notash istóricas sobre la fundación de la

Universidad de La Laguna,,, Anuario de Estiidios

Atlhzticos, 1992, 38, pp. 73-139. Una obra

más reciente, con carácter conmemorativo, es:

CIORANESCAU. y, NUÑEZ, M.: Bicet~te~~rz~riio1e 0

Lliiiversidad de La Lagiina. La Laguna, Universidad

de La Laguna, 1992.

3 En contra de lo que a veces se ha afirmado, la

provincia de Las Palmas no se oponía en tal

taria en La Laguna: «Confirmando lo dicho

por el Sr. Delgado Barreto, no hace tnucho

tiempo que el Cabildo de Cran Canaria hizo

constar u e jamás se había opuesto, ni se

opondría, a que se completara la Sección Universitaria

de La Lagunan. Vid.: DELGADBOA -

IUWO, M.: Ln Sección Unioersitaria de Cannrins.

Discurso pronunciado en la sesión celebrada

el día 17 dc diciembre de 1914. La Laguna,

Real Sociedad Económica de Amigos del

País de Tenerife, 1915, p. 12.

4 Adolfo Cabrera Pinto fue uno de los profesores

canarios contemporáneos de segunda enscñanza

que, por su contribución al avance

educativo isleño, está necesitando ser estudiado

en detalle. Está fuera de toda duda la

calidad de su liderazgo intclcctunl y de su tcnaz

lucha para conseguir restablecer la Universidad

d~ San F~rnandnn, travPr d~ la rrPación

y consolidación de la Sección universitaria

de La Laguna. A este respecto, es de

ohligada lectura su discurso en la apertura

del curso académico de 1921 a 1922, publicado

en la Gaceta de Tenerife, 6 de octubre de

1921.

5 La Universidad de Canarias fue supriinida

por real orden de 17 de septiembre de 1845,

que redujo a diez las universidades españolas.

Hrr-ederu de la Universidad fue el Instituto

de Canarias, inaugurado el 1 de noviembre

de 1846. Desde aquellas fechas, son

numerosos los intentos, quc no tcndrtin Cxito,

realizados desde Canarias por recuperar la

Universidad. No obstante, con la Revolución

de 1868 se logró la creación de tina Esciirla libre

de Derecho, gestionada en Madrid por JosC.

María Pinto, catedrático del Instituto y Ií184

Olqprio Negríii Fajnrdo

der del partido liberal en La Laguna. Fue

inaugurada el 17 de enero de dicho año y se

cerró, como todos los centros del mismo tipo,

en 1875.

6 El Instituto solicitó el apoyo especial del diario

de la noche La Correspondencia de Espntia.

del que era redactor jefe el periodista canario

Manuel Delgado Barreto. La información enviada

desde Tenerife se publicó bajo el título

«Del pleito isleño: la enseñanza en Canarias)).

Entre otros apoyos, Cabrera Pinto resalta el

recibido de Canalejas, que captó la trascendencia

de la mejora que se solicitaba para una

población alejada de los centros de la cultura

nacional. Vid.: Esco~~nonp,. cit., p.46.

7 Se puede observar que se mantiene una cierta

ambigüedad en la afirmación transcrita, extraída

del artículo 81 de la Ley de Reformas

Administrativas de Canarias, de 11 de julio

de 1912. De hecho, en el párrafo citado es posible

tanto deducir que se crearían centros

universitarios como que sólo se establecerían

los correspondientes a los niveles educativos

ya existentes. Quizás por ello, ante la duda,

se sigue insistiendo desde La Laguna en la regulación

concreta de la sección que no se produciría

hasta abril de 1913; se retrasaba así un

curso más la restauración de la enseñanza

universitaria.

8 Real decreto de 11 de abril de 1913, Gaceta del

12 y Boletín Oficial del Ministerio del 15. El

decrelo hacía constar que los gastos se atenderían

por el presupuesto corriente para centros

docentes de las Islas Canarias.

a Ros! nrdon sc!aratoria de 7 & agnctn, Cnratn

del 13 y Buletíri Oficial del Ministerio del 19.

En realidad no queda muy claro si lo que

pretendía el Ministerio era conceder un título

honorífico, histórico y sentimental, a la

Sección, o, quiyás, dar por hecho que esta se

convertiría en una universidad completa. Esta

última posibilidad estaba limitada por el

criterio ministerial de que no procedía abrir

más universidades en España. En cualquier

caso, al fin se hacía realidad el primer aiio de

Derecho: <.Quedan encargados interinamente

de la cátedra de Lengua y Literatura espafivlas

el catedrático de la de igual denominación

del Instituto; de la de Lógica fundamental,

el de Psicología, Lógica y Ética, y el

de !2 Hictori-. de Ecpafta, e! de Geografia e

Historia, percibiendo cada uno por este servicio

la gratificación que por acumulación de

cátedras se concede en las universidades del

Reino».

10 Real orden de 29 de agosto de 1913. Entre

tanto, los interesados en la consolidación de

las enseñanzas iiniversitarias no permanecían

pasivos; así, el 9 de octubre de 1913, varios

licenciados y doctores enviaron un escrito

al Ministerio en el que se ofrecían a desempeñar

gratuitamente todas las cátedras

de la Facultad de Derecho. Dicha instancia

fue acompañada de un informe de Cabrera

Pinto que contenía el ((Proyecto de reorganización

de la Sección Universitaria aneja al

Instituto de Canarias)), ajustado al real decreto

de 11 de abril de 1913 y a la real orden

aclaratoria de 7 de agnrtn del rnismn año F1

documento aparece recogido en la obra de

ESCOBEDOo, p. cit., py. 11 y SS.

11 La propuesta concreta que se hacía era la

distribución siguiente por materias de la Facultad

de Dereclio:

Elementos de Derecho Natural: Manuel de

Ossuna

Instituciones de Derecho romano: José Rodrígiie7

Febles

Econoinia poiitica: Hipiiiilo Giez. Iieboiiar

Historia del Derecho español: Manuel de 0scuna

Insliluciones de Derecho canónico: Juan de

Ascanio y Nieves

Derecho político: Guillerrno Cabrera y Feli-

Fe

Derecho civil español: Hipólito Glez. Rebollar

Derecho administrativo: Guillermo Cabrera

y Felipe

Derecho penal: Pedro Schwartz y Mattos

Derecho civil español: Juan dé Ascanio y

Nieves

Hacienda pública: Hipólito Glez. Kebollar

Derecho procesal: Blas Cabrera y Tophan

Dereclio iriterriacional público: Alonso IJérez

y Díaz

Derecho mercantil: Mario Arozena y Arozena

Práctica forense: Blas Cabrera y Tophan

Derecho internacional: Alonso Pérez y día^

12 DELGADBOH RRETO,o p. cit. En dicho librito,

publicado por la Sociedad Económica de

Amigos del País de Tenerife, se recoge la

poch~ra favorable de Giner de !os Ríos, In

que equivale a decir de la Institución Libre

de Enseñanza y de su potente gnipo inte-

OUnversdad de a s Fanai d? Gran Canara i t o e c a Unuestsri Memm Dgta le Caniris 20815

La última etapa en el restablecimiento de la Universidad de San Fernando 185

lectual, a que se creara la Sección universitaria

de La Laguna.

a - 13 A veces se piensa, por ciesconocimienio dei

pasado, que el pleito insular, especialmente

cl sostenido por las dos capitales de provinciss

y pur wtonribn entre !2s des is!% rnL~..k' -

cipales, es un tema reciente, cercano en el

tiempo. Pero, la realidad es muy distinta ya

que se encuentran conatos de enfrentamiento

a lo largo de la historia desde que se consolidan

los núclcos principales de población.

Delgado Barreto en su intervención niega

que el enfrentamiento se produzca en las Islas:

«Porque no están allí tan latente como lo

están aquí esas cuestiones de nuestra división,

que yo he de cicciarar Íormaimerite, para

que se sepa de una vez, que el pleito de

las Islas Canarias no es allí donde se produce,

n i ~ oc o octi nrnri i irionrln ~ni i~ír nl io

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de aquí se está exportando allá, haciendo,

señores, un daño enorme, enormísimo, al

país y al crédito de España.. BARRETDOE LGADO,

Op. cit., pp. 9 y SS.

14 Ibídem p.11.

15 DELGADBOA RRETOop, . cit., pp. 20 y SS.

16 Ibídem, pp.27 y 28.

17 Ibídem., pp. 28.

18 Ibídem, pp.31 y 32. En la sesión del Parlamento

del día 18 de diciembre de 1914,

cuando se supo que se iba a crear la Universidad

de Murcia, intervino cl diputado tinerfeño

Felix Benítez de Lugo para apoyar

la intervención de Delgado Barreto y explicar

que si se creaba dicha centro universitario

ya no debería haber obstáculos, por mayores

motivos, para crear la Universidad de

La Laguna.

19 El Cabildo había ofrecido para ello 25.000

pesetas en mayo de 1916. Su objetivo era

crear con posterioridad con ese dinero,

cuando el Estado se hiciera cargo del presupuesto

universitario, una sección de Estudios

Americanistas «que permitieran a los

Licenciados en las Universidad de San Fernando

practicar el ejercicio de su profesión

en las Repúblicas de la América latina, implantando

así la Universidad Hispanoamericana,,.

Datos citados por Escoorao, op.

cit., pp. 49 y SS.

20 En su escrito de 15 de julio de 1917, el director

del Instituto solicitaba que fuese completada

la Facultad de Derecho con los tres

últimos cursos, así como la creación del curso

preparatorio para las facultades de Medicina,

Farmacia y Ciencias. Después del inÍoriiie

piecepiivu del Cuiiseju de iiisiiii~ciúii

Pública que fue favorable, el real decreto dc

11 de diciembre en su artículo 11 decretaba

!a imp!iacibn de lis ensefi-inzac unioerritlrias

incorporando los cursos preparatorios

para el ingreso en las Facultades de Medicina

y Farmacia, *o sea las asignaturas de Física

general, Química general, hlincralogía y

Botánica y Zoología general),. Mientras se

dotasen 1;s cátedras xkesarias, el real decreto

indicaba que tales enseñanzas serían

cubiertas por los profesores de Matemáticas,

de Física y Química, de Historia natural y de

Agricuitura, cici instituto gcnerai y tknicu

de La Laguna, aentendiéndose que desempeñarán

esos cargos sin retribución alguna».

Vid. %a! Yecret~ de ?! de diciedxc de

1917, Gaceta del 2/XII/1917.

21 Para no hacer más extensa la descripción de

unos procedimientos hnrncráticos farragosos,

remitimos al apéndice documental que

aparece en la obra de ECCOREDOop, . cit., pp.

158 y SS.

22 El escrito lleva fecha de 15 de octubre de

1922, está dirigido al ministro de Instrucción

Pública y Bellas Artes y solicitaba la creación

del 121 Distrito universitario, al tiempo que

la autonomía dc la Sección dc Estudios Universitarios

y su independencia del Institiito

de La 1.aguim. Vhse docunienlo no XXXII

del anexo documental de la obra citada de

Escobedo Alberú.

23 Real Orden de 31 de octubre de 1922, en la

que el subsecretario E. Castel aceptaba la renuncia

de Cabrera Pinto.

24 Hay que tener en cuenta que durante 1922 se

habían dotado por oposición las cátedras siguientes:

Instituciones de Derecho canónicu

(Armando Álvarez Rodríguez), Elementos de

Derecho natural(Wences1ao González Oliveros),

Derecho administrativo (Justo Villanueva

Gómez), Historia de España(Ciriaco Pérez

Buslainanle), L6gica furiddrnentdl (Fdustinu

Luis de la Vallim y Argüelles), Derecho político

espafiol comparado con el extranjero (José

María Gil Robles y Quiñones) y Lengua y

Literatura españolas (Pedro Tomás Hemández

Redondo). Es decir, se planteaba en la

práctica uno de los problemas que luego se

hdría crónico, hasta tiempos relativamente recientes,

del profesorado peninsular que ocu186

paba las plazas libres en La Laguna, pero sólo

como lugar de paso y sin ningún interés

por arraigar en un territorio tan poco desarrollado

y tan alejado del territorio peninsular.

25 ESCOBEDOo, p. cit., ((Algunos años de funcionamiento

anómalon, pp. 54 y SS. Véase, además,

el documenlo XXXI del anexo documental

del libro citado, que contiene su intervención.

Olegario N q r h Fqlzvdo

26 Ibídem

27 Ibídcm

28 Ibídem

29 Vid. Anexo documental del libro de ESCOBEDO,

op. cit., documento XXXIII: <<Peticiones

forinuladas por el Decano Jefe de la Sección

Universitaria al Excmo. Sr. Ministro de Gracia

y Justicia», pp. 196 y SS.