VEGUETA, Súmero 4, 1999 (153-168)

Un ejemplo de

integración social:

el flamenco

Nicolás Martínez

de Escobar

*Uniuersidad de las Palnzns de Gran Canaria.

1. Introducción.

Los estudios sobre la familia y el universo

que la rodea han auinentado en España

a lo largo de las últimas décadas, especialmente

en los últimos quince años1. Se

ha avanzado en la investigación de la composición

de las familias, la estructura y relación

entre sus miembros así como con

otras unidades familiares, el desarrollo y

evolución a través de las décadas, su crecimiento

o decadencia y los motivos y causas

que lo permiten, cómo organizan la vida

familiar, el destino de los hijos, etc, todo

lo cual nos permite tener una visión

más completa de lo que constituía la familia

dentro de la sociedad del Antiguo Régimen.

Se trata, por tanto, de estudios que

estarían enmarcados dentro de la llamada

"historia social" que han llenado un vacío

existcntc cn la historiografía española y

que se han enriquecido con aportaciones

desde otros ámbitos que analizan aspectos

cüiiiú Icl ~ U L L L ~ C ~lCa I~Ie, ligióilI,d I I LU~ei~c I ,

al relacionar estos aspectos con los de la familia.

En este sentido, uno de los temas más

atrayentes -y tarnbien menos estudiados

hasta la fecha- es el de aquellos individuos

que llegan desde fuera, se asientan y se casan

con una mujer natural de ese lugar. Investigar

en qué sentido se integran esas

personas en dicha sociedad, si lo hacen, y

cómo lo consiguen; cGmo afecta su carácter

de foráneos o extranjeros a esa integración

y su papel en la comunidad de ese lugar;

en definitiva, si se hispanizan o permanecen

inalterables., fuera de la influencia de

esa sociedad en que se inscribe. Pocos son

los estudios e investigaciones que se han

realizado sobre la integración de los extranjeros

en la sociedad española, principalmente

porque, a menudo, exigen tocar

cuestiones difíciles, o iinposibles, de cuantificar

como el nivel de integración, problemas

y obstáculos en el proceso, relaciones

sociaies, etc. Aún así, parece que ios

historiadores, desde la óptica de la historia

social, han empezado a mostrar su interés

por estos individuos2.

Es, pues, desde este ángulo en el que

nos vamos a centrar y examinar la evolución

de una familia: la del flamenco Nicolás

Martínez de Escobar, el cual se asienta

en la ciudad dc Las Palmas en la tercera

década del siglo XVII y da lugar a una importante

familia cuyos descendientes llegan

hasta la actualidad. No obstante, nos

vamos a ocupar de los instantes iniciales,

es decir, la llegada del ca'ue/.a de familia y

su desarrollo durante el Seiscientos abarcando

las tres primeras generaciones anaiizanao

sus actividaaes, sus reiaciones sociales,

su integración y vías para realizarla,

etc.

2. Nicolás Martínez de Escobar.

Natural de Ypres en Flandes, Nicolás

Martínez de Escobar cra hijo de Roberto

Martínez Sionque, natural de Arras en el

Artois, y de Catalina Marcelo Clers, natural

del ducado de Brabante. Su padre sirvió

bajo el reinado de Felipe 11, en el tercio

del maestre de campo Mondragón, en su

lucha contra los rebeldes holarideses', motivo

por el cual quedaría huPrfano a los tres

años. Desconocemos su fecha exacta de nacimiento

pero debió venir al mundo a principios

de la última década del siglo XVI

(hacia 1592) a tenor de los datos que sobre

su vida ofrece en una petición presentada

en la Cámara de Castilla en 1627: allí señala

que le trajeron desde Flandes a Gran Canaria

cuando tenía once años, que aquí

aprendió a leer y escribir asistiendo más de

&ye afies .ir lt~nnnle ! ! ~ S J ~ ~ QnCn r nain a lnc

J ---o- r-- r-1- - ---

Indias, concretamente al puerto de S. Juan

de Ulúa, donde residiría más de catorce

años al cabo de los cuales volvió a Gran

Canaria4. Si tenemos en cuenta que los primeros

datos de su vuelta a la isla aparecen

en 1624, parece lógico pensar que su nacimiento

se produjo en las fechas propuestas.

Por tanto, su llegada debió de acontecer a

principios ciei sigio XVII siendo recogido

por Daniel Vandama y su familia, según

154 Alexis D. Brito Corizález

OUnvprsdad de a s Fanai d? Gran Canara i L o e c a Unuestsri Memmi Dgta le Caniris 20815

palabras de Andrés Vandama, su hijo, al

señalar que

" ... siempre e puesto los ojos en el dicho señor

capitan nicolas martiizes de escobar mi

compadre rrrgidor y depositario general de

esta ysla eiz quien conc~rrren todas las calidades

que se rrequieren que son haverle criado

mis padres y en su casa desde niño como

o hijo rrnpin d~ twyntn años a esta parte ... "5

En definitiva, después de una primera

estancia que duró unos cinco años y un

viaje a S. Juan de Ulúa donde residió más

de catorce, asistiendo en el despacho de las

flotas, Nicolás Martínez de Escobar volvió

a Gran Canaria en 1624. Previamente, pasó

por Sevilla donde concertó su matrimonio

con la hija de Pedro González de Orihuela,

vecino de Canaria residente en Sevilla, con

una promesa de dote de cuatro mil ducados:

35.000 reales en contado, 5.000 reales

en joyas de oro y plata y 4.000 reales a pagar

por fin de abril de 16266. Esta promesa

de dnte file ratificada por sil mujer Ana

Ramírez, una vez ya en Las Palmas y ofreciendo

el susodicho 500 ducados en arras7;

tras lo cual se celebró el matrimonio con

dña Lucía González de Orihuela ese mismo

año.

Fruto de ese matrimonio nacieron ocho

hijos de los cuales sólo le sobrevivirían

seis: Diego (nacido en 1626), María (n. en

4 <nn\

10~71,F eiiiiai-LO(I L. en lG3lj, Aria (n. e n

1633), Catalina (n. en 1636) y Francisco (n.

en 1638) (Vid. Apéndice). Aunque, debido

a su fallecimiento relativamente terriyrano,

no pudo guiar los pasos de todos sus hijos,

sí que demostró un interés pnr su futuro e

instruccion; así, envio a su hijo mayor Üiego

a Tenerife -y posteriormente a Feliciano-

donde estudiaron en casa del doctor

Francisco Pérez Amoral en Icod, al menos,

hasta 1642S y a María, su hija mayor, la ingresó

en el convento de la Concepción Bernardo

con tan sólo siete años pero no entraría

como novicia hasta enero de 1640,

tras la muerte de su padre9.

Tras su instalación en la ciudad de Las

Palmas, Nicolás se dedica, como principal

actividad profesional, al comercio, tanto al

por menor como al por mayor. En la planta

baja de las casds priiiciyales que poseía

en la calle de Triana tenía una tienda abierta

que, a decir de su hijo Diego, valía más

de 60.000 reales en el momento de fallecerlu.

Es difícil conocer con exactitud el peso

que el comercio tenía dentro de sus negocios

al no contar con los libros originales

pero no hay duda de que debió ser importante;

en el inventario de sus bienes y papeles

encontramos, entre otros, un libro de

1624 a 1625 titulado "Libro de debito y credito

de mi nicolas mnrtines de escobnr c o p~nrt ic

~ ~ l f l rpeesr ssonas" con 196 hojas escritas, un

libro de cuentas de 1627, un cuadernillo de

cuentas de 1637 y varios más11A. través de

fuentes indirectas conocemos algunas de

sus actividades en el ámbito de la ciudad;

Isaac Juan, mercader francés, reconoce deber

a Nicolas Martínez de Escobar 9.996

maravedíes por 17 varas y media de puntas

de noor= niio le din 2 ~j~~dprl2; "'óL- Y--

Francisco López, vecino de la Angoslura, le

debe 18.498 maravedíes de resto de 22.230

de mercadurías que llevó de su tienda al

igual que Luis Sánchez, vecino de Teror, el

cual le debe 17.382 maravedíesI3. En cierta

medida, vienen a rnvstrdr que e1 entorno

de sus actuaciones no se limitan a la ciudad

de Las Palmas sino que abarcan toda

ia isia.

Igual o más importante lo constituyen

sus actividades en el comercio exterior, es

decir, de exportación e importación. A este

respecto, cabe destacar lo que sobre él escribe

Andres Vandama en su testamento:

"por quat~lo rri la isia es díficll la salida de

los frutos lo que es causa de que nzuchos se

pierdan y en otros haya grandes perdidos y

es rnerlester en esto que se hayn corlfor-rrre n

los t[iem]pos y ocassiones y dado que el capitan

tlicolns tizartines tietiegran esperiencia

en esta materin ..."

lo faculta para vender los frutos de los

bienes que deja a cargo de su administración'"

Así, en septiembre de 1635, embarca

junto al inglés Marmaduque Rawdon qui-

Un ejemplo de integración social: el flamenco Nicolás Martínez de Escobar 155

OUnversdad de a s Fanai d? Gran Canara i L o e c a Unuestsri a e m m D g t a le Caniris 20815

158 Alexis D. Brito Goi~zález

cho más alto aunque es imposible saberlo

con exactitud. Notorias irregularidades parecen

confirmarlo; por un lado, como ya hemos

dicho la falta de bienes -y de su aprecio-

relacionados con el comercio; por otro

lado, nos cuesta creer que, en una casa con

numerosos aposentos y salas, los muebles

sólo estén tasados en 963 reales y la ropa de

vestir en 910 reales24

Otro aspecto que nos atrae es comprobar

cuáles fueron sus relaciones sociales así

como su integración en la sociedad grancanaria.

No cabe duda que su estancia en

la ciudad de Las IJalmas cuando era menor

de edad U+ una rieiid iiueiid de ahí que,

al volver a ella, no podemos hablar de un

comienzo desde la nada sino que ya existía

una base sobre la cual trabajar. Ya hemos

citado sus relaciones con los Vandama,

en cuya casa parece que vivió durante sil

infancia; estos contactos se mantuvieron

hasta la muerte de Nicolás Martínez de Escobar

ya que, en 1633, Andrcs Vandama le

nombra por tutor y curador y administrador

de sus hijos menores así como tenedor

y administrador de todos sus bienes ya que

le conoce desde hace treinta años

" ... e yo estímadole en lugrir y como n hermano

en el discursso del qunl tiempo me a

constndo de su inodo de prosedrr tnlentu y

cnpnsidnd liirtud y cristiandad medinnte lo

qltni y ln mtichnfinzilinridnd que con el e teriiúv

y en divrrssos cnsos y ocnssioizes ilnberk

comunicado cossas de mi consiensin y

siempre Ir e nlladofiel y de gran sati$assiori

.., "21

No obstante, sus tratos incluían buena

parte de la sociedad, incluyendo las capas

superiores de la misma. En 1627, el Concejo

de Gran Canaria envía un informa al

monarca sobre el susodicho y solicitando le

concediese carta de naturaleza para gozar

de los privilegios de los naturales de la islaz6;

como consecuei-icia, en enwn de 1630

obtiene la carta de naturaleza (Vid. Apén-

Previamente, Nicolás Martínez de

Escobar hahía ohtenid~e ! oficie do Yepusitario

general con voz y voto de regidor

por Real Cédula de 2 de Febrero de 162728,

por renuncia de Francisco de Higueras. Estas

rclacinncs con la élite social llegan, en

algunos casos, al parentesco y filiación cercana;

así, el padrino de su hijo mayor Diego

fue Isidro Barrionuevo, gobernador dc

Gran Canaria, el de Feliciano fiie el Dr D.

Francisco de Alarcón Coronado, juez de Indias

de Cran Canaria; el de su hija Ana, el

licenciado D. Tomás de Vandeval, juez de

rcgistros; el de su hijo Valerio, Gaspar Alvarez

de Miranda, secretario de la Iriyuisición;

y el de su hijo Francisco, el licenciado

Bernabé de Palenzuela, abogado de la

Real Aüdieiicid de Canarias". Es decir, un

amplio espectro que incluye autoridades

civiles, principalmente de la administración,

y eclesiásticas.

Estos vínculos sociales no se limitaban

a un ámbito familiar o cercano; su situación

de mercader así como su cargo de dcpositario

general y regidor daba lugar a que actuase

en nombre de otros, tanto a nivel individual

como de instituciones. Por ejemplo,

en 1630, recibe un poder de fray

Lázaro de S. Antonio, capellán del hospital

de S. Lázaro, para negocios y recaudos tocantes

al dicho hospital3o. Además, su participación

como arrendador u ocupando

cargos aumentaba el círculo de sus relaciones;

fue mayordomo del hospital de S.

Martín (al menos entre 1634 y 1636)". receptor

de la Santa Cruzada dc la isla entre

1627 y 1629 y tuvo relaciones con la cofradía

de Nuestra Señora del Rosario12.

En definitiva, un mercader importante

en la ciudad de Las Palmas en la tercera y

cuarta derada del siglo XVII cuyn camp

de actuaciones no se limitaba cxclusivamente

al mundo mercantil. Su fallecimiento

el 5 de enero de 164011 cambió, en buena

medida, la orientación de su familia y dio

lugar a varios pleitos por la herencia.

3. Disensiones y herencias.

La muerte de Nicolas Martínez de EsccL?

zr di= erige3 a üna serie de pleitos eiitre

sus herederos y administradores. Nada

Un ejemplo de integración social: el flamenco Nicolás Martínez de Escobar 159

más fallecer, se realizó un inventario de sus

bienes, ya que dejaba hijos menores y hacienda

ajena (por su oficio de depositario

general de la isla), entre el 7 y el 12 de enero

de 1640. Poco después, a finales de ese

mes su viuda entraría como novicia en el

convento de la Concepción Bernardo Ilevando

a sus dos hijas menores -Ana, que

contaba seis afiws, y Cdhlind, de tres aiiosy

adoptando el nombre de Lucía de Santa

Fe. La susodicha realizaría su testamento

en 1642 en el que dejaba como tutora y tenedora

de los bienes de sus hijos -a los

cuales dejaba como herederos reservando

para sí sólo 800 ducados para su dote como

monja- a su madre Ana RamírezN. Previamente,

la viuda había obtenido de la

justicia la posesión de los bienes del difunto

como compensación de los bienes

dotales que había llevado al matrimonio,

4.000 ducados, más 1.000 ducados que había

llevado de la herencia dc su padre y los

500 ducados que hahía nfrecido corno

arras, según sentencia dictada el 6 de Mayo

de 1641 y dándosele la posesión de los

bienes el 28 de Noviembre de ese año.

Este fue el detonante para que, a fines

de la década de los cuarenta, se iniciase un

pleito con los hermanos Dicgo y Francisco

Martínez de Escobar, por un lado, con Ana

Ramírez, su abuela, por otro, por la partici6R

Vicncs de sü La suso&-

cha presentó una memoria de lo que había

gastado en su hija y nietas -durante su etapa

como novicias y la dole de rnorijas en el

convento de la Concepción Bernardo- y

sus nietos; en total, más de 2.800.000 mardveúíes".

Puco después, en ibJ1, presento

el inventario de su yerno. No obstante, parece

que no fue del agrado de Diego Martínez

de Escobar ya que éste presentó una

memoria de partidas que no fueron inventariadas

y que entraron en poder de su

abuela (Vid. Cuadro IV)36. Aún así, el plcito

siguió adelante y se incorpora el cuerpo

de bienes de Lucía González de Orihuela

valorados en 3.064.818 maravedíes de los

cuales se bajaron 613.242 maravedíes quedando

finalmente en 2.451.570 con lo cual

correspondía a cada uno de sus herederos

408.595 maravedies. De este capital, Ana

Ramírez bajaba una parte por los gastos

que había tenido con ellos; de manera que

tres de ellos fueron alcarizados, Feliciano

(en 17.021 maravedíes) y las dos hijas mayores,

Ana de S. Nicolás y María de Sta

Inés (119.429 maravedies la primera y

199.421 la segunda), por las dotes al convento,

mientras que sólo uno, Francisco, tenía

la herencia intacta"

Finalmente, ambos hermanos llegaron a

un acuerdo con su abuela; tsta les daba los

bienes que quedaron de su padre, excepto

una esclava, y que estaban en ser, los cuales

eran las casas principales y otras casas

altas, ambas en la calle de Triana, el oficio

de regidor y depositario general, un cestillo

de oro con esmeraldas, una esmeralda,

menaje de la casa, y que ya estaban en poder

de sus nietoP. Este convenio parece

qi-1.e trajo i?na ciert-\ p z mtre !es m i e h r ~ s

de la familia porque Ana Ramírez los dejó

como herederos en su testamento de 16613Y

Unos años más tarde, en 1665, Diego

Martínez de Escobar inició otra causa con

su hermano Francisco por la partición de

los bienes de su madre y de su abuela, reclamándole

más de 15.000 reales por esos

bienes, pago de deudas, reparo de casas,

eicdo. SU ~ ~ ~ I I I I ~>eI LdUef endía señaianao

que la división no se había realizado porque

el demandante no ha querido y que,

por el contrario, debía traer esa partición

más de 3.000 ducados que había llevado de

emolumentos y frutos del oficio de regidor

y ciepositario general, alimentos que se le

dieron, etc. Diego Martínez de Escobar le

reclamaba 1.482.636 maravedíes ya que había

llevado bienes por valor de 871.200 maravedíes

y le debía el resto por gastos que

debían ser compartidos. Este pleito continuo

hasta bien entrada la década de los setenta

y parece que fue sentenciado por la

Real Audiencia pero hasta 1701 no se había

realizado la partición de bienes ya que, en

su testamento de ese año, Diego Martínez

160 Alesis D. Brito Got~zilez

de Escobar declara los bienes que fueron

de sus padres y están en su poder y han de

ir a dicha particih (Ida caada de su moi-dda

en la calle de Triana, el oficio de regidor

y depositario general, algunos muebles) y

realiza algunas deciaraciones en caso que

su hermano Francisco quisiera ajustar la

particióna. Sin embargo, no parece que esto

produjera un distanciamiento entre ambos

hermanos (o, al menos, se produjo una

reconciliación) ya que, en algunas ocasiones,

otorgaron documentación conjunta, e

incluso a favor uno de otro12.

4. Evolución familiar.

Ya hemos comentado quc el fallecimiento

del cabeza de familia impidió dirigir

los pasos de sus hijos, salvo en cl caso

de los mayores; de ahí que no podamos decir

que la orientación profesional venga

marcada por los progenitores debido a la

desaparición del padre y la entrada de la

madre en un convento. Ello deja una cierta

libertad de elección sobre su futuro a los

descendientes, en lo que respecta a los varones.

Porque no hay que olvidar que, en

el caso de las mujeres, éstas no van a poder

elegir al entrar todas como monjas en

el convento de la Concepción Bernardu. La

mayor había entrado con siete años cuando

aún vivía su padre; las otras dos lo hicieron

con su maare. La primera ingreso

como monja en la década de 1640 adoptando

el nombre de María de Santa Inés43y

le seguiría su hermana Ana de S. Nicolás

en 1649"; la menor, Catalina de Sta Margarita,

no entraría como monja hasta 165345.

Desconocemos su vida en el convento pero

sabemos que dos de ellas, María de Sta

Inés y Catalina de Sta Margarita, continuaban

en el convento en la década de 1690; la

menor fallecería en esos años pues, en

1698, María de Sta Inés iniciaría un pleito

con su hermano Francisco Martínez de Escobar

y una hija de éste, Luciana de S. Diego,

asimismo monja en el convento de la

Concepción Bernardo, por la posesión de

una celddh. Finalmente, ambos llegarían a

un acuerdo al venderle la mitad de la celda

en 520 reales".

En lo concerniente a los varones, dos de

ellos, Valerio y Nicolás, fallecieron antes

que su padre 6 que no aparece ningún dato

referido a eiios ni se ies menciona en ei

testamento de su madre. De un tercero, Feliciano,

sabemos que estudió con su hermano

Diego en Tenerife y que, a fines de la

década de los cuarenta, se trasladó a Salamanca

a estudiar Derecho donde posiblemente

falleció en torno a 1649/1650; las 61-

timas noticias sobre él se ciñen a una carta

de septiembre de 1648 en el que señalaba

que se graduaría en seis meses pero que

permanecería todo el año con un catedrático

de prima48. Desde entonces, desaparece

de toda documentación ni se le menciona

en la que otorgan sus hermanos. Todo ello

reduce la descendencia masculina a dos hijos:

Diego, el mayor, y Francisco, el menor.

El primero ocuparía el puesto de su padre,

tanto como cabeza de familia corno en

lo que respecta a su papel social; en 1645,

obtuvo de Felipe IV una real cédula nombrándole

depositario general de Gran Canaria

con voz y voto de regidorJ9. Al año

siguiente, casaría con dña Antonia Vélez

de Vdldiviesu, liija del licenciado Juan Vélez

de Valdivieso, con la cual tendría ocho

hijos: seis varones y dos mujeres (Vid.

Npénciicej, pero de eiios sóio ie sobrevivirían

cinco. En torno a esas fechas (1647),

realizó un viaje a Indias; desconocemos el

motivo pero puao i-iaberio hecno para cobrar

posibles deudas a su padre en América

si tenemos en cuenta que éste había

envíado varias partidas de productos a

Nueva España y la zona del Caribe'O. A pesar

de esto, no parece que heredara la ocupación

profesional de su padre, el comercio;

sus actividades se centran en su oficio

de regidor y depositario general al que

añade su dedicación en sus propiedades,

como la hacienda que tenía en la Vega. En

torno a su núcleo familiar se detecta una

actitud religiosa; de sus hijos, al menos

tres tornaron la carrera ecle&istica. Su hiUn

ejemplo de integración social: el flamenco Nicolás Martínez de Escobar 161

jo Juan se ordenó como clérigo presbítero

en 1686 y a principios del siglo XVIII asistía

en Madridjl; Bartolomé también fue clérigo

presbítero y llegó a ser predicador y

capellan en el hospital de S. Antonio de los

alemanes de Madrid (1692) y redor del

convento real de Recogidas de Madrid

(lC~93)y~ ~Jo; sé entró en el convento de S.

Pedro mártir de Las Palmas en 1680'". Si a

ello añadimos que una de sus hijas no se

casó y que el otro varón, Nicolás, parece

que tampoco contrajo matrimonio, apreciaremos

que la línea familiar se truncó en

esta rama.

Francisco Martínez de Escobar seguiría

los pasos de su hermano Feliciano al dedicarse

a la carrera jurídica. En 1657 se traslada

a la Universidad de Salamanca a estudiar

Derecho donde permanecería hasta

1664 ó 1665%; a su vuelta consigue la plaza

de abogado y fiscal en la Real Audiencia de

Canarias. En 1665 casa con dña Gregoria de

Matns, hija del capitan !luan de Matos, l i n ~

de los mercaderes y personajes más importantes

de Las Palmas en la segunda mitad

del Seiscientos; fruto de ese matrimonio

nacerán ocho hijos: cuatro varones y

cuatro mujeres (Vid. Apéndice). Este matrimonio

dio lugar a un largo pleito entre

Francisco Martínez de Escobar y sus suegros;

el origen se encuentra en la promesa

de !a dote, bastante cuaniiusa di pd~txe~",

pero se agravó cuando Juan de Matos y su

esposa pretendieron hacer mayorazgo de

sus bienes en cabeza de su hijo Francisco

de Matos lo que fue considerado por Francisco

como un perjuicio para la herencia de

su mujer y hereaeros. La Audiencia de ¿anarias

dictó sentencia en 1683 condenando

a Juan de Matos a pagar los doce mil ducados

de la dote, de la cual se debían bajar

47.060 reales por diversas partidas; sentencia

que fue confirmada en 1685 por el Consejo

Real que condenaba , además, a pagar

3.500 ducados por el interusurio de la dote

de los cuales debían descontarse 1.400

En total, debía recibir 108.040 reales,

cantidad que recibiría ese año de su

suegro en contado, 23.140 reales, y en tributos,

84.900 realeg7. Todavía en el testamento

de Juan de Matos, ésle les iejd a SUS

nietos doce mil reales para su mantenimientoi8.

También continuó con la práctica familiar

relacionada con los conventos; sus cuatro

hijas ingresaron en el convento de la

Concepción Bernardo de Las Palmas aunque

sólo tres de ellas llegarían a ser monjas,

María de S. Juan Evangelista, 1,uciana

de S. Diego y Catalina de Sta Fe"! Todas fallecerían

en el convento antes que su padre,

la última ni siquiera llegó a tomar los hábitos.

I'ero no se trata sólo de una "tradición"

o de un interés por clarificar la sucesión

familiar; él mismo, tras la muerte de

su esposa en 1682, entraría en la carrera

eclesiásticam. En 1700 era canónigo doctoral

de la catedral con indulto apostólico de

extra tempora y fue ordenado para misa6'.

Algunos de sus hijos, como Antonio y

Frmciscu, f ~ r r ~orrid c~.xkxd c pr ima y ün

grado". De todos sus hijos, sólo le sobrevivirían

dos, Feliciano y Francisco, que continuarían

la línea familia1-. El primero conservó

el oficio de depositario general de la

isla una generación más en la familia y cas6

con dña Beatriz de Orihuela; Francisco

casó con dña Antonia Manuela de Coronado

y Monteverde. Ambos fueron capitanes

de infantería, afiaaienao prestigio a una familia

que se había encumbrado a la élite

social de la ciudad de Las Palmas de este

periodo.

5. Integración y ascenso social.

El estudio de esta familia y su evolución

durante un siglo, aproximadamente,

nos lleva a una serie de reflexiones sobre la

integración de los foráneos dentro de una

sociedad desconocida para ellos. En este

caso, no tan desconocida para nuestro personaje

pues su infancia transcurrida en la

isla le permitió conservar una serie de contactos

sociales que mantuvo a su vuelta: de

manera que no se encontraba con un círculo

cerrado y de difícil acceso sino que ya

162 Al& D. Brito Goilzález

tenía un entorno social que le facilitaba su

participación en la sociedad canaria. En este

sentido, el entorno de amistades y contactos

previos que conservaba merced a su

anterior estancia en la isla constituye una

ayuda en el proceso de integración social.

Integración social que se realiza, fundamentalmente,

a través de dos vías: la actividad

profesional y el matrimonio y creación

de una familia. La actividad profesional

forma, sin duda, uno de los nexos de

unión entre el extranjero y la sociedad insular,

máxime si nos referimos a un importante

comerciante como es nuestro caso;

porque la actividad mercantil es una de las

ocupaciones que permite relacionarse con

un amplio espectro de la sociedad, desde

las capas menos favorecidas económicamente

hasta la élite social de la ciudad. Si

a ello añadimos la posesión de un cargo como

el de depositario general con voz y voto

de regidor y de otros como mayordomo

del hospital de C. Marga y rcccpt~rU c !a

Santa Cruzada, podemos entender como

sus relaciones sociales eran muy amplias,

lo cual le beneficiaba también a la hora de

sus operaciones mercantiles.

El matrimonio y la creación de una familia

constituía un indicador del interés

por integrarse en esa sociedad que les había

acogido, especialmente importante en

el caso de extranjeros pues, a menudo, iiegaban

a una sociedad desconocida, e incluso

hostil. De esta manera, el matrimonio

suponía un puente de unión con el resto de

la sociedad pero también la creación de un

núcleo familiar, el cual se iba ampliando

poco a poco. El compadre, los padrinos de

los hijos, la familia de la esposa son vínculos

familiares que abrían nuevas puertas

pero igualmente eran una señal del nivel

de la familia; no hay que olvidar la importancia

de los padrinos de los hijos en el caso

de Nicolás Martínez de Escobar (ver segundo

apartado). Pero, al mismo tiempo, le

yerm.iti6 rpñl i7ar n~ynciosc omo fue el caso

de su suegra Ana Ramírez con la que hizo

algunas operaciones especialmente en el

trato mercantil y en la construcción de algún

navío" Junto a ello, la familia aparece

como el reducto a partir del cual expandirse

socialmente pero igualmente como

refugio y protección frente a las desventuras

y ataques externos.

En el caso que nos ocupa, no se puede

hablar dc un proyecto familiar predeterminado

por el cabeza de familia, en este caso

Nicolás Martínez de Escobar. Ya hemos comentado

que su temprano fallecimiento

impidió dirigir los pasos de sus hijos con

lo que la evolución familiar va a depender

más de las circunstancias que de una intención

prefijada. No obstante, se puede

observar una tónica que se producía en casi

todas las familias más importantes de la

ciudad; por un lado, la orientación religiosa

personificada en las tres hijas que ingresan

en el convento de la Concepción

Bernardo; por otro lado, la continuidad del

cabeza de familia, e11 este caso sólo en partc

p t ~ e s hsij~v Eiege m.ntiene e! Carun TJP u- ---

depositario general pero renuncia a la actividad

mercantil. Por último, la participación

en la administración quc, cn este caso,

vendría encarnado por Feliciano (aunque

no podría llegar a cumplirlo en su totalidad)

y Francisco, que llegó a ser abogado

y fiscal de la Audiencia de Canarias. Es decir,

nos encontramos con una gran diversidad

que buscd &I p1esiit;iü a la lai-niki;

prestigio social que viene marcado por diversas

actuaciones, como mandar a sus l-iijos

a estudiar fueraw, pero también ocupando

cargos de relevancia social o uniéndose

con familias en ascenso o ya de

raigambre como hizo Uiego ai casar con

dña Antonia Vélez de Valdivieso o Francisco

con su matrimonio con dña Gregoria

de Matos.

En este sentido, los Martínez de Escobar

no constituyen un caso excepcional en

su comportamiento sino que siguen unas

pautas comunes al resto de las grandes familias

de Las Palmas en esta ciudad. Pero

si que forman un caso muy interesante de

una familia en ascenso y que se está inteUn

ejemplo de integración social: el flamenco Nicolás Martínez de Escobar 163

grando en una sociedad insular, motivo

por el cual la hemos elegido para realizar

un seguimiento exhaustivo. Comportamiento

comunes pero también peculiaridades

propias que se traducen en una evolución

con caracteres particulares que la hacen

interesante para ser estudiada y

analizada.

APENDICE

1.- Carta de naturaleza a favor de Nicolás

Martínez de Escobar.

«Don Phelipe por quanto por parte de

vos nicolas martinez de escobar nos a sido

hecha Relacion q sois natural de Ipre

en los estados de flandes y de ellos venistes

de edad de once años a las islas de

canaria y de alli pasastes a las Indias

donde os ocupastes en el puerto de S

Juan de ulua en el despacho de las flotas

mas de catorce años y despues bolvistes

a la dha ysla de canaria y os casastes con

hija de vecino de ella donde abeis Residido

siempre acudiendo a cosas de nro

servicio en todas las ocassiones que se an

ofrecido y en particular a socorrer de

polvora y otras cosas a la dha ciudad como

ella nos lo a Repressentado por carta

suya supplicandonos que teniendo

consideracion a esto ya que vro padre

murio en defensa de la fe siendo capitan

en los estados de flandes fuesemos servido

de concederos naturaleca destos

Reynos p2r2 gocar de tede !e q p q a

sus naturales y ser Regidor de las dhas

yslas o como a nra merced fuese y nos

avemos venido por vien y por la prescnte

os hacemos natural destos dhos Reynos

de la Corona de Castilla leon y Granada

y de las dhas yslas de Canaria para

que como tal podais g o p r y go~e ids e

todas las onrras gracias mds y franqcas

libertades exenciones preheminencias

preRogativas e inmunidades de q goqan

y suclcn gopr los naturales de ellos y

podais aver y tener en ellos qiralesquier

oficios Reales concegiles y publicos de

~ I I Pfi ieredes proveido [...] dada en madrid

a veinte y uno de Henero de mil1 y

seiscientos y treinta aiios [...ID

A.G.S. Registro General del Sello Leg.

1630, Marzo.

2.- Nombrainiento de D. Diego Martín

~ d7e Escnhar come A--orn n c i t o r i n nono*-1 """""" ó\-"L'U"

"En 31 de agosto de 1645. Don Phelipe

[...] por quanto por una mi carta y provicion

de 23 de febrero de 1627 hise merced

a Nicolas Martines de Escobar de un

oficio de depositario general de la ysla

de canaria con vos y boto de regidor en

el ayuntamiento de ella perpetuo por juro

de heredad con otras cualidades en la

dicha provision contenidas por renunciacion

de Francisco de Higueras [...] y

agora por parte de D. Diego Martinez de

escobar me ha sido hecha relacion que el

capitan Nicolas Martinez de ~s c o b avr r o

padre es fallesido y por clausula del testamento

devajo de cuia disposicion murio

os dejo este offcio por quenta de lo

que haveis de haver dc vra legitima suplicandome

[...] sea servido de daros titulo

del [...] y por la pr~spntpn rñ vnliintad

quc ahora y de aquí adelante vos o

la persona que par ello haveis de poder

ser y seais depositario general [...]"

A.H.P.L.P. Diego Alvarez de Silva Leg.

1286 fol. 112 rto-118 vto.

2

2

i Dieg

Nicolas Martínez de Escobar = Lucía González de Orihuela

1624

María de Sta Ines Feliciano Ana de S. Nicolas Valerio Catalina de Sta Margarita n. 1629 1631-ha. 1650 n. 1633 1635-1640? n. 1636 Martinez de Esc. = Antonia Velez de Valdivieso

1626-1703 1646

Nicolas María Juan Isidro Diego Bartolome Francisca Jose '\Ticolas Antonio María Luciana Juan Roberto Catalina Andrea n. 1648 n. 1650 n. 1652 n. 1655 n. lb57 n. 1653 n. 1662 n. 1663 n. 1666 n 166i n. 1668 n. 1670 n. 1672 n. 1673

Un ejemplo de integración social: el flamenco Nicolás Martínez de Escobar 165

1 Entre los trabajos destacan los de CASEYJ,a -

mes y otros: Lafamilia en la España mediterránea

(siglos XV-XIX). Barcelona 1987; CIIACON,

Francisco y HERNÁNDEFZR ANCOJu, an (eds.):

Poder, familia y consanguineidad en la España

del Antiguo Régimen. Barcelona 1992; CHACON,

Francisco (eds.): Historia social de la familia

en España. Aproximación n los problemas

de familia, tierra y sociedad en Castilla (siglos

XV-XIX). Alicante 1990; HERNÁNDEBZE RMEJO,

M" Angeles: La familia extremeña en los tienlpos

modernos. Badajoz 1990; y RODR~GUEZ

SÁNCHEZA, ngel: "Métodos de evaluación de

las estrategias familiares en el Antiguo Régimen".

En Fuentes y métodos de la historia local.

-7-a--m.-nA r- ~1 991 pp. 141.153.

2 Para una aproximación al tema, véase MALWNAW,

Leonor: "Negocios e integración social

del comerciante marsellés Pedro Choly".

Revista de Historia Moderna N" 11 Alicanle

(1992) p p 79-93; SALVADOERST EBANE,m ilia:

"Mercaderes extranjeros en la Valencia de los

siglos XVI y XVII. Entre la atracción y el rechazo".

En La burguesía española en la Edad

Moderna (1991) Valladolid 1991 Tomo 111 pp.

-I<mI"J /*- LIX;Y ~LLAGRA RC~Aiv,í l Begoña: "La

burguesía de origen extranjero en la España

del siglo XVIII". Bnetica No 18 (1996) pp. 437-

455; GONZALEEZC HEGARAYM, a del Carmen:

"I'roceso de integración de una colonia flamenca

en la nobleza de Cantabria". Hidalguía

Vol. XXX No 172-173 (1982) pp. 507-527.

Para Canarias, véase los trabajos de EVERAERT,

John C.: "L'hispanisation d'une bourgeoisie

mercantile: les inmigres flamands et

wallons a lenerite (1670-1745)". VIL1 Coloquio

de Historia Cnnario-Americano (1988) Las Palmas

de GC 1991 Tomo 1 pp. 143-186; y BRITO

CONZÁLLAZ,l exis D.: Extranjeros el? Laizzarote

(1 640-1 700). Arrecife 1997 pp. 115-120.

3 En una información realizada por Nicolás

Martínez de Escobar en 1627 para probar su

filiación, Adolfo Pierre, un testigo, asegura

que " ... fue capitan de infanteria en el monsdragon

y participo con su companía en la toma

de la isla de Sirsea [Zierikzee] que es en

Gelanda y la asaltaron y tomaron y asi se encontro

con otras compañias en el cerco de

Malbur [Middleburg ?] en el dho monsdragon

...". (A)rchivo (H)istórico (P)rovincial de

(L)as (P)almas Cristobal de Roteta Leg. 1488

f d . 42 rtc-52 rtc (?599/p~r. i~lL)c. ish dc

Zierikzee fue tomada por los españoles en el

verano de 1576 y el cerco de Middleburg pudo

tener lugar por esas fechas ya que fue

ocupada por los holandeses en 1574. PARKER,

Geoffrey: Csyaña y la rrbelión de Flurides.

Madrid 1989 pp. 165-166.

En el Nobiliario de Canarias se menciona

que participó en el socorro de Menaldumaadel;

sin embargo, no ofrece la referencia de

este dato y no hemos podido ratificarlo. En

REGULOJu, an (ed.): Nobiliario de Canarias. La

Laguna 1959 Tomo 111 pp. 785.

4 Señala que volvió a la isla " ... reconocido del

amor y crianp que alli tuvo dexando las comodidades

y aprovechamientos que en las

dichas Yndias tenia...". (A)rchivo (G)eneral

de (S)imancas Cámara de Castilla Mernorialn-

y E .,-- a: ,.-Le- 1 - - * 4 V "

LA~CUICI I ICJ ~y,L.U O exyeú. 48

(1630/Enero).

5 Así lo señala en su testamento de 8 de Agosto

de 1633. A.H.P.I..P Audiencia Procesos exped.

181. De ello se deduce que debió llegar

hacia 1603, dato que se refuerza con la testificación

de Juan Jaques, flamenco vecino de

Tenerife, el cual, en la información de 1627,

asegura que conoce al susodicho desde hace

v-.e inte y cuatro años que vinieron junto de rianaes y que residid un tiempo en Canaria.

Vid. Nota 3.

6 Se conserva un traslado de la promesa de dote

dada cn Sevilla ante Juan Fernández de

Ojeda, escribano, en 6 de Febrero de 1624. En

AHPLP Audiencia Procesos exped. 82 fol. 16

rto-20 rto.

7 Si tenemos en cuenta que, por ley, las arras

no debían sobrepasar la décima parte dcl capital

del novio, los bienes de Nicolas Martínez

de Escobar debían valer, al menos, 5.000

ducados. Aunque claro, esto no siempre se

cumplía. AHFLP Sebastian de Saavedra Leg.

999 fol. 101 rlo-103 rtu (1624/Abri1/27).

8 Esa enseñanza le costaba 600 reales y dos

cahices de trigo al año cada uno. A.H.P.L.P.

Aiidiencin Proceros e q e d 171 fe!. ?6? rtv-

202 rto.

9 A.H.P.L.P. Audiencia Procesos exped. 82 fol.

111 rto-120 rto.

10 Así lo especifica cuando presenta. una memoria

de partidas que no se inventariaron.

Ibidem fol. 230 rto-vto.

11 Inventario presentado por su suegra Ana Ramírez.

Ibidem fol. 79 rto-94 rto.

12 Lo declara el susodicho por su testamento

de 21 de ?daj-o de 1629. A.H.P.L.F. A~ridrcs

Rosales Leg. 958 fol. 181 130-186 vto.

13 A.H.P.L.P. Francisco Delgado Salazar Leg.

166 Alexis D. Brito Gonzdez

1068 fol. S1 rto-82 rto (1625/Mayo/5) para el

primero; y Juan Fernández Fleitas Leg. 1091

fol. 487 rto-vto (162Y/Uctubre/5) para el segundo.

14 A.H.P.L.P. Audiencia Procesos exped. 181.

, C TT- ..z - -. 1 . L...>. ....l.-. J.,.... ..- ,-- ..

IJ U11 dllU lllclD LUIUC dlllVVb UclIJdIL YUUCI Ydld

cobrar su procedido. A.H.P.L.P. Juan Gil

Sanz Leg. 1119 fol. 318 vto-319 vto

(Ih?i;/.Agorto/ll~

16 Las cuentas de ambas cargazones fueron realizadas

en 1640 por Ana Ramírez, como tutora

de los menores de Nicolas Martínez de

Escobar, con Thomas Colins. A.H.P.L.P. Pedro

Bravo de Laguna Leg. 1212 fol. 167 vto-

170 rto (1640/Mayo/18).

17 En el inventario de sus papeles aparecen dos

cuadernos de 1638, uno de las mercadurías

que trajo Thomas Colins y otro de la cargazón

que llevó de la isla el mismo, y un cuaderno

de 1639. A.H.P.L.P. Audiencia Procesos

exped. 82 fol. 79 rto-94 rto.

18 A.H.P.I..P. Francisco Gallegos Leg. 1084 fol.

76 rto-77 rto (1630/Mayo/18).

19 Da poder a Alonso García de Fraga, encomendero

vecino de Veracruz, para cobrar los

fletes y averías del patache. A.H.P.L.P. Francisco

Gallegos Lcg. 1084 fol. SO rto-81 vto

(1630/Mayo/19).

2U A.H.P.L.P. Francisco Gallegos Leg. 1084 fol.

73 vto-74 vto (1630/Mayo/17).

21 Le presta 50.256 maravedíes a pagar al llegar

a pucrto A.H.P.L.P. Francisco Gallegos

Leg. 1083 231 rto-vto (1629/Diciembre/15).

22 Acaparación de propiedades que se realizaba

a través de diferentes medios (compra,

usurpación, etc) y luego se perpetuaban en

las familias mediante vinculaciones y mayorazgos.

Vid. SUÁREGZ RIM~VNi,c ente: La propiedad

pilblicn, vinculada y ecieslástica rri Grari

Carinria en la crísis del Aiitigiro Régimen. Las

Palmas de GC 1987.

23 Esius suii, supursiaiiir~-(ir, 10s bienes qiie

quedaron de Nicolás Martínez de Escobar,

los cuales se entregaron a su mujer como paon

rlo 12 A n t e qi ie l lev6 A~mqiie;i- nnm ve- o- -- --

remos en el siguiente apartado, esto no era

así y hubo bastante ocultación o fraude.

24 Por ejemplo, en el inventario realizado, hemos

podido contabilizar dos bufetes, dos

mesas, doce sillas, diez taburetes, dos escritorios,

siete baúles, dos arcas grandes, un espejo

grande dorado, una cama dorada y

treinta cuadros, grandes y pequeños, entre

otros muebles; así como 500 arrobas de aceite

y 24 pipas mediadas y llenas de vino y vinagre.

A.H.P.L.P. Audiencia Procesos exped.

82 fol. 79 rto-Y4 rto.

25 Testamento de Andres Vandama

(1633/Agosto/8). Este nombramiento le lle-

.".6- a -ai, piOie30, fiita:izar CUBIi&

falleció, con D. Pedro Bravo de Laguna, marido

de dria Juana Vandama, por los alimentos

y ller~ncia de $11 mujer A H I'.I .P --

Audiencia Procesos exped. 181 y 2080.

26 Entre los regidores que participaron en ese

Cabildo se encontraban Andres Vandama,

Tomás Pinelo, D. Gabriel Frias de Lara y Leonardo

Amoreto Manrique. A.G.S. Cámara

de Castilla Memoriales y expedientes Leg.

1178 exped. 48.

27 A.G.S. Registro del Sello 1630/Marzo (Real

Cédula de 1630/Enero/21).

28 A.G.S. Cámara dc Castilla Libros dc relación

32 fol. 296 vio.

29 (A)rchivo (H)istórico (D)iocesano de (L)as

(P)almas Parroquia del Sagrario Libro VI11

de Bautismos (1625-1643) fol. 19 vto, 251 rto,

284 vto y 409 vto.

30 A.H.P.L.P. Juan Fernández Fleitas Leg. 1092

fol. 85 rto-vto (1630/Fcbrero/22); previamente,

el licenciado Francisco López de

Ulloa, mayoral de S. Lázaro, le dio poder para

hacer confirmar las ordenanzas y privilegios

dadas a la Casa de Sevilla y pedir en el

Real Consejo se confirme a la Casa dc estas

islas los privilegios y ordenanzas. A.H.P.L.P.

Francisco Gallegos Leg. 1084 27 vto

(1630/Febrero/20).

31 Aparece como tal el 1 de Junio de 1634.

A.H.P.L.P. Andres Rosales Leg. 961 fol. 109

rto-110 vto. En su inventario aparece un cuadernillo

de 1636 titulado "segundo quaderno

de io qiuej se gasta con ios pobres dei

Hospital".

32 Ello es lo que parece del inventario de sus pa- . .

-..l-- d--A- ------a ..- l:L..,. A-- yc1c.3 4-.-h- A,. VVllLLC LIyaICCC U11 L l L l l C l < V I < l C C L l " "C

1627 a 1629 titulado "quaderno de los depositos

que entran en mi poder como Reseptor de

la Sta cri17ada de e4ta ysla de canaria por su

magestad" y otro de 1629 titulado "libro de la

cofradia de n[uest]ra señora del Rosario".

33 Aunque testó ante Bartolomé de Mirabal, como

declara su viuda en su testamento, no

hemos podido encontrarlo; su localización

habría aportado, con toda seguridad, numerosos

datos.

34 Testó ante Francisco Carrillo el 24 de marzo

de 1642. Traslado en A.H.P.L.P. Audiencia

Un ejemplo de integración social: el flamenco Nicolás Martínez de Escobar 167

Procesos exped. 82 fol. 7 vto-12 vto. Esta será

la referencia para el pleito que se generó

a continuacih sobre la partición de bienes

entre sus herederos y su madre, como tiitora

y administradora de los mismos.

35 Ibidem fol. 111 rto-120 rto.

36 Ibidem fol. 230 rto-vto.

37 Cuentas presentadas en 1656. Ibidem fol. 330

rto-334 rto.

38 A.H.P.L.P. Diego Alvarez de Silva Leg. 1275

fol. 97 rto-104 rto (1657/Febrero/28).

39 A.H.P.L.P. Francisco Fernández Lordelo Leg.

1337 180 rtu-185 vto (1661/Enero/29).

40 La referencia de este pleito y su desarrollo

en A.H.P.L.P. Audiencia Procesos exped. 175.

41 Ern es lo qiie Tlec!ara e! s s n d i ~ h CcE BU tcs

tamento; no hemos podido hallar dicha sentencia

ya que el expediente acaba sin ella.

Entre diversas cosas que señala, menciona

que sólo gozó la bodega durante un ario, que

los emolumentos por ser depositario general

habrán sido como 4.000 reales de los cuales

sólo debe dar la mitad, que entró a gozar de

la casa en que vive en 1654, etc. A.H.P.L.P.

Andres Alvarez de Silva Leg. 1460 fol. 344

rtu-349 iiü í170l/Fcbreruj7j.

42 Por ejemplo, Francisco Martínez de Escobar

iba a otorgar tina fianza a favor de su hermano

del depósito de 4.000 ducados que en

él se había hecho. A.H.P.L.P. Andres Alvarez

de Silva Leg. 1454 fol. 362 vto-364 rto

(l696/ Julio/12).

43 Desconocemos la fecha de ingreso pero debió

ser hacia 1648 ya que, en la memoria de

gastos realizados en su hija y nietos, Ana Ramirez

especifica que entró como novicia en

enero de 1640 y estuvo ocho años de novicia

en los cuales gastó 1.895 reales. A.H.P.L.P.

Audiencia Proccsos cxped. 52 fol. 111 rto-120

rto.

44 Su abuela y su madre pagaron la dote de 800

ducados en contado (372.400 maravedíes) y

en un tributo (50.000 maravedies). A.H.P.L.P.

Baltasar González Pcrera Leg. 1227 346 rto-

451 vto (1649/Diciembre/3).

45 La dote fue pagada por su hermano Diego a

quien impuso los 800 ducados sobre las casas

principales de la familia. Previamente, la

susodicha había renunciado siis bienes en su

abuela Ana Ramírez. A.H.P.L.P. Luis Ascanio

Leg. 1264 fol. 229 vto-238 vto (1653/Agosto/

29) para t?! pri-cro; j. Dicgo Alrarsz de

Silva Leg. 1271 414 vto-417 vto (1653/Agosto/

ll) para el segundo.

46 La celda hahía sido contruída por Nicolás

Martínez de Escobar y en ella vivió Lucía de

Santa Fe con sus hijas hasta que pasó a otra

celda con su hija Ana de S. Nicolhs. En el

pleilo se comenta el fallecimiento de su madre

r... de un asidente repentino en qe le

privo de la habla en el coro questo acabado

de confessar ...") y sus hermanas. (A)rchivo

(H)istórico (D)iocesano de (L)as (P)almas,

Religiosos, Bernardas Caja 11: Auto sobre los

derechos de posesión de una celda en el convento

de S. Bernardo. Agradecemos a D. Esteban

Aleman liuiz la aportación de los datos

de este pleito.

47 A.H.P.L.P. Andres Alvare7 de Silva Leg. 1457

{u!. 25 rto-27 vio (1699/Eiieru/24j.

48 Carta de 19 de septiembre de 1648.

A.H.1IL.P. Audiencia Procesos exped. 82 fol.

213 rtn-vto.

49 Dada en 31 de Agosto de 1645. A.H.I'.L.I'.

Diego Alvarez de Silva 1,eg. 1286 fol. 112 rto-

118 vto (1662/Febrero/21).

50 Diego Martínez de Escobar recibió de su

abuela Ana Ramírez 284.670 maravedíes para

el despacho del viaje. A.H.P.L.P. Francisco

de Moya Leg. 1200 fol. 750 rto-vto

(1646/Diciembre/ 1).

51 A.H.D.L.P. Oficios no beneficiables Libro de

Ordenes (1653-1704) fol. 259 \tu.

52 A.H.P.L.P. Jose García Leg. 1351 fol. 128 rtovto

(1692/Agosto/25) para el primero; y Lázaro

Figiieroa Vargas Leg. 1428 fol. 423 rtovto

(1693/Noviembre/l7) para e1 segundo.

53 Renuncia sus bienes y legítima en su hermana

dña Francisca Antonia. A.H.P.L.l'. Melchor

Gumiel Narváez Leg. 1387 fol. 414 rto-

416 vto (1680/Septicmbre/27).

54 Antes de partir realiza un testamento en el

que dejd cvmo heredera a su abuela Ana Ramírez.

A.H.P.L.P. Diego Alvarez de Silva

Leg. 1275 fol. 133 rto-145 vto (1657/Mar-

7n/26)

55 No hemos hallado la escritura de la promesa

de dote pero en la sentencia definitiva se

menciona que fueron doce mil ducados.

56 Sentencia de la Audiencia de Canarias dada

en 22 de Septiembre de 1683; confirmada en

30 de Enero de 1685. (A)rchivo (H)istórico

(N)acional Consejos Leg. 48.465.

57 Carta de pago dada en 29 de Diciembre de

1685. A.H.P.L.P. Andres Alvarez de Silva

r -- I A " - , r l

LCS. L-IW iui. 2ó7 rio-274 rco.

58 A.H.P.L.P. Francisco Mendoza Guerra leg.

1557 fol. 368 rto-372 rto.

168 Alexis D. Brito Gonzdez

59 Cartas de dote en A.H.P.L.P. Diego Alvarez

de Silva 1297 fol. 20 vto-28 vto (1681/Enero/

26) para las dos primeras; y Diego Alvarez

de Silva Leg. 1298 fol. 160 vto-168 rto

(1688/0ctubre/2) para la tercera.

60 Aunque en el Nobiliario de Canarias se señala

que casó en segundas nupcias con su

cuñada Leonor de Malos, no ofrece ninguna

referencia ni tampoco hemos encontrado el

acta de matrimonio en los libros de la Parroquia

del Sagrario.

61 A.H.D.L.P. Oficios no beneficiables Libro de

Ordenes (1653-1704) fol. 367 vto.

62 Ibidem fol. 302 vto.

63 Con ella fabricó en Las Palmas el navío "El

Buen Jesús y la Encarnación" poniendo cada

uno 7.500 reales. A.H.P.L.P. Francisco Gallegos

Leg. 1084 fol. 76 rto-77 rtn (1 k30/Ma yo/ 18).

64 Enviar un hijo o hermano a estudiar fuera

un signo de importancia y elitismo social

pues no estaba al alcance de todos. Un ejemplo

puede ilustrarnos; en 1660, Diego Martínez

de Escobar impone 1.900 reales de yriricipal

para poder sustentar a su hermano

Francisco en sus estudios en la universidad

de Salamanca. A.H.P.L.P. Mateo Alvarez de

Escobar Leg. 1318 fol. 449 rto-458 rtu

(1660/Sep tieinbre/l6).